El recurso planteado por el acusado de matar a una hembra de oso pardo durante una cacería de jabalí en Ventanilla (localidad enclavada en el Parque Natural de la Montaña Palentina) en noviembre de 2020 ha sido rechazado por la Audiencia Provincial de Palencia. El alto tribunal palentino ha confirmado íntegramente la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia en febrero de este año: dos años de prisión, cuatro de inhabilitación para la caza y a un pago de 17.505,95 euros en concepto de responsabilidad civil, que corresponde con la pena que solicitó la Fiscalía y a la que se sumó la Fundación Oso Pardo (FOP) durante el juicio oral.
Publicidad
La Audiencia condena al acusado, vecino de Velilla del Río Carrión, como autor material de un delito contra la fauna por provocar la muerte de una osa que estaba acompañada de un osezno, que no fue encontrado pese al operativo de búsqueda desplegado tras la cacería. La Audiencia concluye con claridad que «la suma de indicios incriminatorios es tal que resulta imposible construir un relato exculpatorio aceptable sobre la base de la prueba practicada y de su contenido». Avala tanto el trabajo de la Guardia Civil en su atestado y tomas de declaración, como las diligencias practicadas en fase de instrucción en Cervera de Pisuerga, así como el minucioso y detallado análisis del Juzgado de lo Penal de Palencia.
La Audiencia confirma que «el disparo fue realizado por el acusado a una distancia de unos 40 metros sin extremar las precauciones necesarias, sin emplear el visor que llevaba, pese a ser advertido y ser conocedor de que se encontraba en una zona osera, y sin comprobar ni cerciorarse con toda la seguridad que es necesaria por el lugar en el que se encontraba (Reserva de Parque Natural con una reducida población osera) del tipo de especie o ejemplar al que estaba disparando». También se da relevancia a que el condenado «es residente habitual en la zona, jefe de cuadrilla en ese momento y cazador habitual, habida cuenta de que ocupaba el mejor puesto de todos, que él eligió y en la zona más alta y con mejor visión.» Por ello, la Audiencia concluye que existió «dolo eventual» en la conducta del cazador.
La Audiencia Provincial confirma que el cazador deberá pagar 17.505,95 euros a la Junta de Castilla y León en concepto de responsabilidad civil. Esa indemnización es la mitad de la reclamada por la Fiscalía y la Fundación Oso Pardo durante el juicio oral, pues la sentencia atribuye parte de la responsabilidad a la propia Junta de Castilla y León, «al autorizar a través de sus funcionarios una cacería en momento prohibido e inadecuado».
El cazador tendrá que pagar las costas procesales, como ya determinó la sentencia de febrero, avalando así el trabajo desarrollado por la Fundación a través del despacho que la asesora, EcoUrban. Tras esta histórica sentencia, la Fundación Oso Pardo asegura que mantiene su compromiso con la defensa jurídica «de esta especie amenazada, y seguirá personándose como acusación popular en todos los procesos judiciales abiertos por la aparición de osos muertos o heridos».
0,99€ primer mes
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.