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Plaza de Espinosa de Villagonzalo. El Norte
Palencia: Anulado el reparto comunal que excluyó a vecinos que el alcalde de Espinosa sacó del padrón
Palencia

Anulado el reparto comunal que excluyó a vecinos que el alcalde de Espinosa sacó del padrón

El Juzgado Contencioso estima el recurso de uno de los afectados y obliga a repetir el Pleno en el que se aprobó el uso de los montes públicos

Jueves, 16 de junio 2022, 00:27

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia ha dictado un fallo en el que estima en parte el recurso interpuesto por L. C. L. G., uno de los afectados por el expediente iniciado por el Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo para dar de baja del padrón a 44 de los 168 vecinos censados en 2020 y, por tanto, excluido de la solicitud de parcelas comunales y de su posterior adjudicación. La sentencia declara «no ser conforme a derecho» el acuerdo del 23 de noviembre de 2021 adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de esa localidad por el que se procedió a la aprobación de la adjudicación definitiva del aprovechamiento agrícola comunal de los montes de utilidad pública Bayala, Egido y Fuente María, de titularidad del municipio, «actuaciones que se anulan por no resultar ajustadas al ordenamiento jurídico».

El fallo condena al Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo a reponer las actuaciones del expediente administrativo al momento anterior al de la sesión de 23 de noviembre de 2021 para que, «constituido válidamente el Pleno municipal con la abstención del alcalde, Pedro José Muñoz Calvo, así como de los concejales José Antonio García García y Eduardo Muñoz García, convalidar o no la adjudicación definitiva de los lotes del aprovechamiento agrícola comunal de esos montes de utilidad pública en función de la lista definitiva del censo que hasta ese momento se encontraba vigente».

El Pleno del Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo, en la sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2021, decidió la aprobación de la lista definitiva del censo del aprovechamiento agrícola de los montes de utilidad pública, acordando denegar a L. C. L. G. el alta en el censo de aprovechamientos agrícolas por incumplimiento de lo previsto en la ordenanza y, en concreto, «no tener residencia cierta y fija en la localidad, entendiéndose como tal la permanente y habitual con casa abierta en el municipio».

Un detective para investigar y dar de baja en el censo

El expediente iniciado por el Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo a finales de 2021 para dar de baja del padrón a 44 de los 168 vecinos censados en 2020 obedecía únicamente, según insistió su alcalde, el popular Pedro José Muñoz Calvo, a dar cumplimiento a los requisitos exigidos, entre otras, por la nueva Ordenanza Reguladora de los Aprovechamientos de Bienes Comunales del municipio.Con su demanda ante el Contencioso-Administrativo, L. C. L. G. ha conocido que obra en el Juzgado un informe de un detective de Valladolid encargado por el Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo.

L. C. L. G. interpuso recurso de reposición contra el acuerdo adoptado en sesión de 1 de julio de 2021, recurso que fue desestimado el 7 de octubre de 2021 por el Pleno del Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo. «La cuestión cobra más relevancia cuando en la sesión del 7 de octubre de 2021 se resolvió el recurso de reposición formulado por L. C. L. G., acuerdo municipal que fue adoptado por mayoría absoluta tras la asistencia de cuatro de los cinco concejales que forman el Pleno del Ayuntamiento, y en esa sesión extraordinaria se hace constar de nuevo que los concejales José Antonio García García y Eduardo Muñoz García manifiestan que se abstienen en la votación ya que son solicitantes de alta en el censo de Aprovechamiento, no obstante manifiestan su plena conformidad con lo acordado por el Pleno Municipal del 1 y del 29 de julio», señala la sentencia.

Pleno no válido

«Teniendo en cuenta que los concejales integrantes del Pleno del Ayuntamiento de Espinosa de Villagonzalo son cinco y que en la sesión de 1 de julio de 2021 solo asistieron cuatro, de los que, al menos, debieron abstenerse los concejales José Antonio García García y Eduardo Muñoz García, obviamente como no había al menos tres ediles, lo acordado allí no podía ser válido por conculcar el procedimiento debido para conformar la voluntad de dicho órgano colegiado», recoge el fallo del Contencioso.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palencia considera que el alcalde y los dos concejales debieron haberse abstenido el 1 de julio de 2021 «por su manifiesto interés particular en el asunto», ya que, según impugnó L. C. L. G., el regidor Pedro Muñoz Calvo «tiene dos hijos, uno de ellos concejal, y dos nueras participando en la adjudicación de parcelas, así como un hermano y su cuñada»; el concejal José Antonio García García «participa directamente en la adjudicación de parcelas», y el concejal Eduardo Muñoz García «participa directamente en la adjudicación de parcelas y tiene a su mujer, su hermano, su cuñada, su tío y su tía como solicitantes de la adjudicación».

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