El expresidente de Cataluña, Jordi Pujol. Gustau Nacarino-REUTERS

A vueltas con la lengua

Es improbable que Cataluña se avenga a cambiar por decreto un sistema educativo que funciona perfectamente y en un asunto tan sensible

Antonio Papell

Valladolid

Sábado, 27 de noviembre 2021, 08:42

Parece que fue ayer. Porque la polémica sobre la inmersión lingüística fue constante, con sus idas y venidas, durante toda la larga etapa de Jordi Pujol. quien por cierto se retiró de la política activa en 2003. Cuando se restituyó la Generalitat todavía en la ... etapa preconstitucional, con Tarradellas de símbolo y referente de la legitimidad catalana y con Suárez de palanca del cambio, el catalán, largos años proscrito durante la dictadura y siempre ninguneado durante todo el periodo franquista, recuperó la respetabilidad (el catalán es lengua de cultura, con un amplio acervo bibliográfico a sus espaldas). Mi progenitor, hombre de letras y docente de segunda enseñanza, bilingüe como todos los catalanes cultos, tuvo que publicar muchos años sus libros en castellano, una vez repuesto de la represión física que padeció tras la guerra civil. No hablo, pues, de oídas.

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Tiempo después, cuando Pujol se hizo cargo de la autonomía catalana, la inmersión lingüística en catalán fue la técnica pedagógica elegida para recuperar una lengua propia que se había degradado. También la televisión autonómica desempeñó un papel insustituible al enriquecer el lenguaje, empobrecido por tanto tiempo de no figurar en los programas educativos. Y los gobiernos centrales no vieron con buenos ojos aquella fórmula, que podía dejar postergado el español, que por imperativo constitucional ha de ser hablado por todos. Pronto se vio sin embargo que, de un lado, la inmersión lingüística funcionaba correctamente y evitaba la segmentación en la escuela y, de otro, que el castellano no se perdía sino que seguía siendo la lengua hegemónica en el uso espontáneo y cotidiano (una encuesta reciente asegura que en el patio de los colegios catalanes solo el 14% de los alumnos de secundaria y el 35% de los de primaria hablan catalán).

En 1994, la inmersión lingüística conseguía el visto bueno de Tribunal Constitucional, que convalidó la ley de Normalización Lingüística de Cataluña de 1983, aunque con salvedades: veía «legítimo» que el catalán fuera el «centro de gravedad» del modelo «siempre que ello no determine la exclusión del castellano como lengua docente de forma que quede garantizado su conocimiento y uso». Y señalaba que ese tratamiento para el castellano implicaba «no solo su aprendizaje como materia curricular [en la asignatura de Lengua Española, por ejemplo], sino su empleo como lengua docente». Nada se hizo, el sistema funcionó razonablemente y la Generalitat solucionó las quejas enviando a los alumnos que requirieran enseñanza en castellano a la escuela privada a su costa.

El asunto se complicó con la destructiva sentencia del TC sobre el Estatuto de Autonomía de 2006, dictada en 2010, en que se dice textualmente que «es constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas por los poderes públicos competentes como vehiculares [...] Nada impide que el Estatuto reconozca el derecho a recibir la enseñanza en catalán y que esta sea lengua vehicular y de aprendizaje en todos los niveles de enseñanza. Pero nada permite, sin embargo, que el castellano no sea objeto de idéntico derecho ni disfrute, con la catalana, de la condición de lengua vehicular».

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Aquel mismo año 2010, el Tribunal Supremo primero y le TSJC después instó a la Generalitat a que introdujera el castellano como «lengua vehicular de la enseñanza» en aplicación de la anterior sentencia, sin que el gobierno catalán moviera un dedo. Fue en 2014 cuando el TSJC, al ver que no se introducían en el sistema educativo aquellas resoluciones, decidió establecer que al menos el 25% de las materias debían impartirse en castellano. El Supremo ratificó esta posición en 2015. Y desde aquel momento, el TSJC reconoció ese 25% a las pocas familias que pleitean -unas 80 desde 2005-, pero la sentencia no sentó jurisprudencia y solo se aplicaba a la clase del escolar cuya familia había reclamado. Finalmente, la sentencia del 2020 del TSJC ya no responde a la denuncia de una familia sino a una reclamación en 2015 del Ministerio de Educación y Ciencia, cuyo titular era Wert; y en ella se dispone que el castellano sea vehicular en al menos el 25% del contenido docente.

Es improbable que Cataluña se avenga a cambiar por decreto un sistema educativo que funciona perfectamente y en un asunto tan sensible. Y es que debería ser la política y no la justicia la que resolviera este conflicto.

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