El toque del Supremo
La carta del director ·
«La Junta, asesorada por unos servicios jurídicos más dúctiles y posibilistas que la vaselina de Mercadona, no estaba arbitrando solo una 'herramienta para salvar vidas'»La carta del director ·
«La Junta, asesorada por unos servicios jurídicos más dúctiles y posibilistas que la vaselina de Mercadona, no estaba arbitrando solo una 'herramienta para salvar vidas'»El presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos en el Congreso y diputado de En Comú Podem, Jaume Asens, escribió esta semana en redes sociales, en relación con los disturbios provocados por las manifestaciones a favor de la libertad de Pablo Hasél, que «rapear ... no puede ser delito». Pablo Iglesias, desde la tribuna, lamentó que no exista en España «ningún tipo de elemento de control democrático» sobre los medios de comunicación como los hay con el poder ejecutivo, legislativo o judicial, a pesar de que estos tienen, según dijo, una gran influencia en la formación de la opinión pública. Recordemos también cómo los secesionistas catalanes argumentaban que su único pecado, en el referéndum de 2017, fue abrir las urnas en los colegios electorales y dejar que la gente votara. Son tres ejemplos de horrendos disparates. Hasél no ha sido condenado por rapear, sino por reincidentes delitos de enaltecimiento del terrorismo. Los medios de comunicación están sometidos al control democrático de las leyes y la Constitución, como cualquier otra actividad profesional. Y aquel fatídico 1 de octubre lo que se perpetró fue un referéndum ilegal, por el que varios políticos fueron condenados a penas de prisión. La falacia en la que se deshacen esos casos presenta un paralelismo de fondo, aunque lógicamente a otra escala y con matices muy diferentes, con un auto del Tribunal Supremo del pasado martes que tumbó cautelarmente el adelanto del toque de queda de las 22.00 horas a las 20.00 decidido hace un mes por la Junta de Castilla y León. A la luz de esos 17 folios de la más alta instancia judicial, cuyas conclusiones intuimos ya en El Norte el 17 de enero apenas echando mano del sentido común, no es posible eludir la crítica. Porque la Junta se refugió en el tramposo argumento de que, textualmente, «frente a la libertad de circulación de los ciudadanos, que se ve reducida en dos horas diarias en el marco del estado de alarma decretado, debe primar la protección de la vida y de la integridad física de las personas». El presidente autonómico, Alfonso Fernández Mañueco, defendía a principios de mes la medida porque era una «herramienta para salvar vidas». Sin embargo, de lo que trata esto de la democracia y el imperio de la ley no es de asegurar los fines, por loables que sean, sino de respetar los medios. Y en este caso, 'in icto oculi', o sea, de un vistazo, como apunta la resolución de la sala, la Junta, asesorada por unos servicios jurídicos más dúctiles y posibilistas que la vaselina de Mercadona, no estaba arbitrando solo una «herramienta para salvar vidas». Ni mucho menos. Lo explica el ponente del auto, Rafael Toledano: «La protección de la salud y seguridad de los ciudadanos es la finalidad común de las dos Administraciones, pero las medidas que puedan adoptarse deben respetar, entre otros límites, los derechos fundamentales garantizados en la Constitución». El principal argumento de la Junta para sobrepasar el tope de las 22.00 horas, ya que interpretaba que era modulable, quedaba desmontado tal que así: «Es más, ni tan siquiera la propia norma del estado de alarma estaría habilitada para introducir semejante indeterminación en el marco de restricción máxima de la libertad de circulación». A ver, no se le puede arrebatar a nadie el derecho a circular por la calle dos horas, aunque sea para deambular, sin observar las máximas garantías legales. Eso sí, políticamente este episodio no tiene solo a la Junta como responsable único. Las 62 horas de libertad que nos han robado sin ningún fundamento –por lo que de momento juzga el Tribunal Supremo– pudieron evitarse si la Abogacía del Estado, en lugar de plantear un recurso con medidas cautelares, lo hubiese formulado reclamando medidas cautelarísimas. No se explica por qué no lo hizo así, pues las dudas hubiesen quedado resueltas en un par de días y no un mes después. Por eso tampoco se entiende que el líder del PSOE, Luis Tudanca, pida dimisiones. Como si el Gobierno –sin entrar en otros argumentos– no hubiese sufrido ningún revés judicial en esta pandemia...
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