![Sentencia de efecto múltiple](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/201912/23/media/cortadas/areil-kkOE-U901036591216e2B-624x385@El%20Norte.jpg)
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La sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre si Oriol Junqueras debe ser considerado diputado europeo tiene múltiples efectos. Sin embargo, es un fallo mediocre, debido a su escaso nivel de razonamiento jurídico. El alto tribunal determina que la condición de miembro de la Cámara, y ... por lo tanto su inmunidad, se adquieren en el momento de proclamarse los resultados de las elecciones. Se trata de una opinión categórica, sin una argumentación elaborada. Se ha dictado además sobre un supuesto que ya no existía en el momento del fallo, la prisión provisional del que elegido eurodiputado. Oriol Junqueras cumple trece años de condena por un delito muy grave y la sentencia española que ha declarado su culpabilidad es firme.
Nuestro Tribunal Supremo no tenía por qué haber recabado de forma previa la decisión del juez europeo, porque contaba con todos los elementos necesarios para llegar a una conclusión sobre el tema, a partir del estudio del Derecho de la Unión Europea. Quiso blindarse –equivocadamente– ante una eventual revisión de sus actuaciones por el otro supremo europeo, el Tribunal de Estrasburgo. Formuló la cuestión prejudicial y no esperó al fallo de Luxemburgo, sino que siguió adelante con el juicio. Por fortuna, la sentencia europea remite al tribunal nacional y este decidirá y modulará las consecuencias del fallo. El preso no tiene por qué salir automáticamente de la cárcel. Los otros políticos independentistas fugados y acusados asimismo de sedición intentarán ampararse en la nueva definición de cuándo un candidato elegido se convierte en diputado europeo. Pero es posible que solo ganen unos meses, al solicitar la justicia española al Parlamento Europeo que suspenda su inmunidad como diputados europeos electos para poder juzgarlos.
Hay más conclusiones de similar calado: a pesar de participar plenamente en la integración europea desde hace más de cuarenta años, todavía no disponemos de jueces y altos funcionarios suficientemente formados en Derecho de la UE. En el plano político, la reacción a la sentencia puede ser crítica en cuanto a su fondo, pero no hay que caer en el error garrafal de tomar la parte por el todo. Un fallo adverso a los intereses generales de España no echa por tierra los inmensos beneficios que la integración ha tenido en nuestro país. El campo independentista se olvida de repente de sus repetidas proclamas antieuropeas y su demostrado desprecio al Estado de derecho. Ahora la UE es la garantía de sus aspiraciones y la sostenedora de sus derechos. Da igual que el primero de ellos que invocan, la autodeterminación, no tenga base jurídica alguna. En el otro extremo, la ultraderecha española desata los peores vientos anti-Bruselas. Imita a los que rompen la convivencia en nombre de sueños soberanistas. Se mimetizan con los que se desconectan de los efectos civilizadores que trae consigo la separación de poderes en un ordenamiento jurídico democrático.
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