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Opinión

Cotos de truchas arcoíris en Castilla y León, una propuesta inaceptable

La maniobra no puede esconder que se trata de volver a realizar sueltas periódicas de arcoíris donde precisamente la fauna autóctona fluvial se recupera de la ausencia de esta especie tras años de agresión

Pere Merino Monzonís

Presidente de Ríos con vida

Domingo, 7 de julio 2024, 12:01

El fomento de las especies invasoras es uno de los grandes perjuicios que le podemos causar a nuestro patrimonio natural, máxime si recibe el amparo de los poderes públicos.

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La prueba científica demuestra que las especies invasoras son una de las principales causas de pérdida ... de la biodiversidad y que la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) es una de las especies que mayores perjuicios causa fuera de su hábitat natural, debido a su voracidad y ocupación del territorio.

En Ríos con Vida hemos tenido conocimiento de que la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Consejería de Medio Ambiente ha propuesto la delimitación cartográfica de la presencia de ciertas especies de invasoras, como la carpa, el black-bass, el cangrejo rojo y el cangrejo señal, que ya se encontraban antes de la entrada en vigor de la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad de 2007. Sin embargo, respecto de la trucha arcoíris la maniobra no puede esconder que se trata de volver a realizar sueltas periódicas de arcoíris donde precisamente la fauna autóctona fluvial se recupera de la ausencia de esta especie tras años de agresión.

Lo torticero y palmariamente ilegal de esta propuesta se basa en que se confunde deliberadamente el cierto control mediante la pesca de las poblaciones que se encuentran hoy en día en el medio natural y con presencia anterior a ese año 2007, con el que nuevamente se permitan sin amparo jurídico alguno las sueltas de truchas arcoíris donde no existen en la actualidad. El liberar miles de ejemplares de truchas invasoras significa simple y llanamente perjudicar no solo a la trucha común, especie de interés preferente en la región y por la que «resulta procedente la adopción de medidas especiales de conservación», sino a los amenazados ciprínidos autóctonos y la rica microfauna que les sirve de alimento. Es falaz asimismo el argumento de que en los cotos intensivos se pescan casi todas las truchas arcoíris, pues la suelta continua de ejemplares de piscifactoría hace que exista siempre una determinada densidad de peces, a lo que se suma el riesgo de transmisión de enfermedades. Es más, tal riesgo se acentúa con la eventualidad de que se reproduzcan y creen poblaciones estables, como ocurre en Sierra Nevada o Castellón. Es también falaz que los cotos intensivos de arcoíris reduzcan la presión sobre la trucha común, dado que su pesca cuenta con públicos y demandas diferentes. Estas cuestiones las detallamos en informes científicos y jurídicos disponibles en la página web de Ríos con Vida.

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De permitirse estas sueltas de truchas invasoras se vulneraría no solo la normativa estatal nacional y regional de biodiversidad, sino también la europea en el caso de la Red Natura 2000. Recordemos simplemente lo establecido por el Tribunal Supremo de marzo de 2016 al juzgar la normativa de las especies invasoras. Por otra parte, se pondría en un aprieto a las Confederaciones Hidrográficas, que han de velar por el «buen estado ecológico» de las aguas superficiales de la Directiva Marco del Agua y la planificación hidrológica. De igual modo, la Ley de Responsabilidad Medioambiental de 2007 impone condiciones muy severas respecto de las especies invasoras.

La patente arbitrariedad de una eventual autorización de suelta de esta especie invasora, plasmada en un documento público y con efectos en fondos públicos y, si se cede a terceros, en la contratación pública, carece de todo amparo jurídico, a lo que se sumaría una posible aplicación del art. 333 del Código Penal, que castiga con aplomo la suelta ilegal de especies invasoras. Se trata, sin duda también, de una inaceptable vulneración del principio de no regresión en la protección ambiental de nuestros ríos, que no puede tener acogida por una administración pública. ¿Se arriesga la Junta a vulnerar así el ordenamiento y a poner en peligro la seguridad jurídica de aquellos a quienes se le permita ilegalmente soltar ejemplares de truchas invasoras, y la de la autoridad administrativa que firme los permisos, y de quienes intervengan en su tramitación?

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Castilla y León se distingue por una buena gestión de la pesca sostenible, como la generalización de la pesca sin muerte de las especies autóctonas, especialmente la trucha común. Rescatar estos cotos intensivos mancharía inevitablemente esta trayectoria, suponiendo una irresponsabilidad que ni los pescadores recreativos, conservacionistas o no, ni la sociedad en general, debería admitir bajo ningún concepto. Aún estamos a tiempo de evitar semejante error.

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