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En esta Pasarela del Poder, en plena precampaña electoral municipal, autonómica y general, mostramos cómo la ley electoral de 1985 ha otorgado una mayor proporción de escaños a los partidos nacionalistas. Gracias a esa concesión, los independentistas han controlado como bisagras imprescindibles el gobierno y ... el parlamento español en casi cuatro décadas. No se trata de algo nuevo. Un repaso a la gestión electoral del poder a lo largo de los últimos 200 años nos muestra cómo sus normas electorales controlaron en su propio interés el acceso al voto, las condiciones previas, los límites del censo, el recuento y la asignación de escaños.
El poder controló el voto desde las culturas clásicas hasta las actuales. En el siglo XIII la pionera 'Carta magna' inglesa concedió derechos y permitió a los ingleses votar según sus cargos, hacienda y saber. Las ciudades-estado en Italia cuidaron el voto democrático porque reforzaba su prosperidad. Desde 1662 la Iglesia nombró un cónclave de cardenales para votar al Papa. El Renacimiento propuso ponderar el voto del hombre sabio y ecuánime. Luego Schiller, en el XVIII, repetirá que los votos deberían pesarse más que contarse. EE UU eligió a su presidente por un colegio electoral hasta 1824, e impidió votar a los negros hasta 1867 y a las mujeres hasta 1920.
En la España medieval nacieron en el siglo XII las Cortes de los reinos cristianos, pero no eran democráticas ni legislativas. Gonzalo de Berceo, en el XIII, tradujo la palabra 'votum' como una promesa de los candidatos al poder.
En toda la Edad Moderna española no existió una revolución como la francesa que implantara la soberanía popular, la separación de poderes y la representación. Aquí fue el liberalismo burgués del siglo XIX el que relacionó el Estado de derecho, la soberanía y la representación parlamentaria con la propiedad, la clase social, la educación y el territorio.
Las Cortes de Cádiz limitaron en 1810 el voto a varones mayores de 25 años con 'casa abierta'. Desde 1813 hubo sufragio universal masculino, pero con voto indirecto de 4º grado. Tras el absolutismo, los liberales controlaron las elecciones al crear en 1833 las provincias como espacio político especial para votar, cobrar impuestos y gobernar. Fueron distritos electorales únicos con un número asignado de escaños proporcionales a su población. La España de Isabel II controló el voto al hacerlo censitario y sujeto a condiciones económicas y educativas, tanto que apenas votaron entre en el 2% y el 5% de la población. Ordenaron las elecciones alternando primero a moderados y progresistas y turnando luego a liberales y conservadores.
El gobierno provisional de 1868, la Constitución de 1869 y la I República impusieron el sufragio universal masculino. Pero la constitución de 1876 volvió de nuevo al censitarismo: sólo figuraban en su censo electoral el 4,8% de los 16,5 millones de españoles. Aunque en 1890 se recuperó el sufragio universal masculino, lo desfiguraron el caciquismo y el turnismo. El voto popular fue clientelar, cautivo, comprado, obligado, muerto o falseado. Las elecciones se ganaban antes de votar. Así, para evitar otra caída de la monarquía y conservar el poder, Cánovas y Sagasta dañaron el sistema representativo, la proporcionalidad del voto y la naturaleza del Parlamento.
Como toda dictadura, Primo de Rivera, aunque designó a 13 mujeres para su Asamblea General, privó a los individuos del derecho electoral y se lo concedió a los órganos familiar, gremial y municipal. Hará lo mismo el dictador Franco que basó sus Cortes en el mismo trío organicista antidemocrático. La II República decidió en 1931 el sufragio universal, sin discriminar naturaleza, filiación, género, clase social, riqueza, ideas políticas ni creencias religiosas. Usó el sistema plurinominal y proporcional en la provincia como única circunscripción electoral. Pero también controló el voto al exigir una primera vuelta de listas abiertas con más del 20% de votos y pasar a otra segunda con el 8%. Tras el parco movimiento sufragista de Carmen Burgos desde 1921, se aplicó el voto directo y universal de las mujeres a partir de 23 años en las elecciones de 1933. En parte por eso ganó la CEDA.
La ley para la Reforma Política de 1977 aprobó el sufragio universal para mayores de 21 años. La constitución de 1978 garantizó la máxima libertad e igualdad electoral. En 1979 se fijó la edad de 18 años y en el mínimo del 5 % de votos para obtener representación. Pero luego la ley electoral de 1985 exageró la proporcionalidad de escaños en provincias pequeñas y de partidos poco extensos, como los nacionalistas. Con su aplicación, la Barcelona industrial, urbana y mestiza, obtiene menos representación, pues siendo sus votantes el 75% de los catalanes sólo recibe el 62,9% de los escaños. Incluso penaliza a sus partidos de ámbito nacional con menos escaños.
Pero otorga mayor representación a las otras tres provincias más pequeñas y con voto más nacionalista. El 10% del censo en Tarragona obtiene el 13,3% de los escaños, el 9,3% de votantes de Gerona consigue el 12,6%, y el 5,6% de votantes de Lérida logra el 11,1% de los escaños. Sucede igual en el País Vasco: el partido UPyD consiguió el 4,7% de los votos españoles y el PNV sumó sólo el 1,3% de los mismos, sin embargo ambos ganaron cinco escaños.
Ya G. Echevarría denunció en 2007 que era un mito nacionalista creer que los pueblos con identidad necesitaban un plus electoral para reforzarla. Así se alimentó durante 38 años la aspiración soberanista catalana y vasca y se incumplió el principio de igualdad en el reparto de los recursos del Estado entre todos los españoles.
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