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Pleno del Consejo General del Poder Judicial. EFE
Notas al gobierno de los jueces

Notas al gobierno de los jueces

«El modelo actual no es perfecto, por la sencilla razón de que los grandes partidos cometen fraude de ley al utilizar el sistema de cupos en lugar de elegir a los vocales que más consenso personal susciten»

Antonio Papell

Valladolid

Martes, 2 de marzo 2021

Desde la ley orgánica del Poder Judicial de 1985, los veinte miembros del Consejo General del Poder Judicial son elegidos por ambas cámaras parlamentarias, y por mayoría cualificada de tres quintos. La Constitución impone que doce de ellos sean jueces y magistrados y otros ocho ... san elegidos entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión. Reformas posteriores de la ley dieron entrada en el proceso a las asociaciones judiciales, que pudieron designar candidatos, pero no prosperó la tesis de que los doce vocales que han de pertenecer a la carrera judicial sean elegidos por la profesión. La reforma de 2013 anunciada por Ruiz Gallardón para regresar al sistema anterior a 1985, de elección directa, no salió adelante, y Rajoy prefirió consensuar con el PSOE una reforma que mantenía la elección parlamentaria de la totalidad de los consejeros.

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