Del maltrato verbal
La carta del director ·
«Ni el escarnio ni la ofensa ni la vejación, mucho menos en el plano de la espiritualidad, tienen nada que ver con la libertad de expresión»Secciones
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La carta del director ·
«Ni el escarnio ni la ofensa ni la vejación, mucho menos en el plano de la espiritualidad, tienen nada que ver con la libertad de expresión»Monseñor Luis Javier Argüello, obispo auxiliar de Valladolid, pedía el viernes pasado en nuestras páginas que «se comprenda que para los católicos participar en la Eucaristía del Domingo es una actividad esencial». Estas palabras enlazaban con la multa cursada días atrás en la iglesia de San Benito ... porque en una misa se duplicó el aforo permitido al congregarse medio centenar de personas en el templo, en vez de las 25 permitidas por la Junta de Castilla y León. Existirán razones, más o menos claras, demostrables y coherentes, que aconsejen limitar así, con esa rigidez y no de otro modo, el acceso de público a estos actos. Pero es evidente que, por lo drástico de la norma, se echa de menos mucha más empatía y comprensión por parte de la administración con aquellos ciudadanos para los que este sacramento es parte fundamental de sus vidas y la visión del mundo que defienden.
El episodio, que ha merecido bastantes comentarios y declaraciones públicas, refleja de nuevo la constante inercia de un cada vez mayor número de personas a menospreciar o trivializar los sentimientos religiosos. En España es algo que, cíclicamente, renace por ejemplo cuando se habla de la asignatura de Religión en las aulas. Y es de ahí que, en el mismo puchero de la supuesta protección de la libertad de expresión que ha propuesto Unidas Podemos para derogar los delitos de injurias a la Corona y enaltecimiento del terrorismo, se haya colado su deseo de derogar el artículo 525 del Código Penal. Que dice así: «Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna».
Vivimos en una época de tintes psicópatas, de desahogos de trazo grueso y brochazos despiadados, en la que nuestra capacidad de ponernos en el lugar del prójimo mengua a pasos de gigante. Así nos va con la pandemia, por otra parte. Convendría por eso aclarar un par de cosas. La primera es que legislar sobre la conciencia, las creencias religiosas o ideológicas, la libertad de expresión u otras cuestiones íntimamente ligadas a nuestra condición de ciudadanos libres de una democracia es algo que no se debe improvisar. La segunda, mucho más importante, es tener muy claro que enaltecer acciones terroristas, como homenajear a asesinos, o injuriar a la Jefatura del Estado son dos acciones que nada tienen que ver con la libertad de expresión. Tampoco el escarnio ni la ofensa ni la vejación, mucho menos en el plano de la espiritualidad, tienen nada que ver con la libertad de expresión. El artículo 525 nos protege de la violencia verbal y del acoso moral, o sea, de violentos y de acosadores. Llegados a un extremo, no es lo mismo criticar o incluso insultar al obispo de Cartagena por hacerse pasar por capellán para vacunarse antes de tiempo que ridiculizar o maltratar la vida espiritual y religiosa de miles de cristianos. Aprovechando la jeta que tiene el obispo de Cartagena o cualquier otra excusa.
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