Ramón Álvarez de Miranda, presidente del Tribunal de Cuentas. Emilio Naranjo-EFE

La factura del independentismo

«El mal diseño del Tribunal de Cuentas no puede ser argumento para vulnerar las leyes que lo sustentan»

Antonio Papell

Valladolid

Sábado, 3 de julio 2021, 08:47

El Tribunal de Cuentas tiene mala fama. En 2014, saltó a los medios un cúmulo de relaciones familiares en el seno del Tribunal, un órgano administrativo -no judicial- en el que trabajan unas 700 personas. Un medio de toda solvencia escribía que «casi un ... centenar de familiares de altos y ex altos cargos de la institución y de sus principales representantes sindicales, en especial de UGT (aproximadamente el 14% de la plantilla), tiene vínculos familiares dentro de la institución, y cerca del 10% tienen vinculaciones con altos y medios cargos.

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Desde el actual presidente hasta los responsables del comité de empresa, pasando por consejeros y conocidos políticos, tienen entre la plantilla del tribunal a esposas, cuñados, concuñadas, primos carnales, hermanos, sobrinos, hijos, nueras, yernos e incluso a amigos de la infancia. También hay parejas sentimentales y hermanas de estas». Por tal motivo, varios consejeros del Tribunal de Cuentas exigieron al presidente de la institución, Ramón Álvarez de Miranda, que modificase la formación de los tribunales opositores, integrando en ellos a expertos de fuera de la casa para evitar cualquier sospecha de endogamia y de nepotismo. La lista de relaciones familiares que se ha publicado dibuja un panorama cuando menos sorprendente, si no indecente.

Por añadidura, está pendiente la renovación de la institución (el cargo de consejero dura nueve años), a la que se niega lógicamente el PP, que controla absolutamente el organismo (cuenta con siete consejeros, por cuatro del PSOE).

Dicho todo lo anterior, que esboza un panorama que no puede reducirse a unas líneas -es hora de que se abra una gran investigación sobre el TC, su recorrido y su situación actual-, es pertinente examinar su papel en el desenlace del 'procés'. Como es conocido, el pasado martes el Tribunal ordenó a cerca de 40 ex altos cargos independentistas depositar 5,42 millones; si no lo hacen, podrán ser embargados sin control judicial directo en esta fase del procedimiento.

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El instructor del organismo fiscalizador notificó a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Artur Mas, Raül Romeva, etc. que deben reunir ese dinero para devolver los fondos ilegalmente utilizados en la red exterior de la Generalitat durante el período 2011-2017. El organismo ya reclamó a Artur Mas y sus colaboradores que devolvieran 5,2 millones por la consulta ilegal del 9-N de 2014. Y, el pasado año reclamó otros 4,1 millones a Puigdemont y su equipo por el referéndum ilegal del 1-O de 2017. Los procedimientos del Tribunal de Cuentas son anacrónicos: el sospechoso de haber dilapidado dinero público deberá presentar la fianza que se le reclame, a modo de sentencia anticipada, que puede llegar a arruinarle (Artur Mas, Mas Colell, etc.). Por añadidura, el jueves el Supremo convalidaba las medidas y el Tribunal de Cuentas recordaba que sus decisiones no son recurribles. ¿En qué estado de derecho una condena en primera instancia es firme?

En consecuencia, muchos de los implicados en el 'procés' se encuentran en una situación personal delicada. Con independencia de lo atinadas o no que sean las conclusiones del tribunal, es evidente que los sucesivos Gobiernos de Mas y Puigdemont realizaron gastos de publicidad y propaganda del 'procés' difícilmente justificables, que el sistema pretende sancionar por vía administrativa. Y los indultos, la gran prueba de buena voluntad, no alcanzan como es obvio a esta cuestión patrimonial, que es «una piedra en el camino» como se ha dicho, que habrá que allanar de un modo u otro. Irónicamente, la causa del Tribunal de Cuentas se inició a petición de la comisión mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas con el apoyo del PP, PSOE y Ciudadanos.

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El mal diseño del Tribunal de Cuentas no puede ser argumento para vulnerar las leyes que lo sustentan, por lo que están fuera de lugar las insinuaciones en el sentido de que se debería ignorar el mandato de un organismo del Estado. Si acaso, de la misma manera que se realizará una reforma del Código Penal para reescribir la sedición según cánones europeos, podría reformarse la ley del Tribunal de Cuentas para perfeccionar los procedimientos. Y quizá para abrir un camino que alivie la posición de quienes hayan participado en movilizaciones gregarias. No se puede ignorar el dolo pero sí puede acomodarse la respuesta del Estado al criterio racional de la mayoría social.

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