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El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por Carles Puigdemont, Antoni Comín, la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra la resolución del magistrado instructor Manuel Llarena contraria a la aplicación de la Ley de Amnistía al expresidente de la Generalitat catalana y sus exconsejeros, al concurrir un delito de malversación. Delito que según la Sala de Apelación del Alto Tribunal «no sólo existe cuando se produce un aumento de dinero disponible en el sujeto activo». «También cuando su patrimonio no decrece porque sus obligaciones son asumidas ilícitamente por los fondos públicos». En aquel caso «para hacer frente a los costes del referéndum que ellos mismos impulsaron». El auto del Supremo rebate uno a uno los argumentos expuestos por los recurrentes, avalando la resolución del juez Llarena también en cuanto a su constitucionalidad. Vertiente que Puigdemont podrá someter en amparo a la consideración del Tribunal Constitucional. Aunque declaraciones como las del propio expresident, afirmando que «la decisión confirma la actitud de rebeldía contra el poder legislativo» por parte del Judicial, o las de Jordi Turull, secretario general de Junts, refiriéndose a que «La Toga Nostra sigue imperturbable con su guion de persecución prevaricadora contra Puigdemont y el independentismo en general», comprometen deliberadamente la posición del TC.
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