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La resolución por la que el Tribunal de Justicia de Cataluña ha absuelto a Dani Alves de la condena a cuatro años y medio de prisión por violación impuesta por la Audiencia de Barcelona ha provocado el comprensible desconcierto que despiertan aquellos veredictos judiciales que se enmiendan entre sí. Más aún cuando lo que se dirime es la imputación por un delito tan grave como la agresión sexual a una mujer; y cuando el desenlace, a la espera de nuevos recursos, ha sido restar la credibilidad a la denunciante que sí le había otorgado el tribunal de instancia a la luz de los mismos testimonios y las mismas pruebas. Pero que la exoneración de Alves provoque rabia y frustración en aquellas mujeres –y aquellos hombres– que lo creen culpable no puede llevar, y menos a una vicepresidenta del Gobierno como María Jesús Montero, a cuestionar la prevalencia del derecho constitucional a la presunción de inocencia. Y no solo por el inusual correctivo recibido de las asociaciones de magistrados y fiscales. También porque si el objetivo sigue siendo que las víctimas denuncien, flaco favor les hace deslegitimar un fallo conforme a la ley, aun cuando pueda discreparse de su contenido, extendiendo la desmedida sospecha de que nuestro Estado de derecho no ampara a las mujeres atacadas.
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