El Gobierno contra los bulos y un vídeo de Carnero
Carta del director ·
«Está muy bien que se actualice una norma de hace 40 años que no puede atender las necesidades de un ecosistema digital radicalmente distinto al de aquel entonces»Carta del director ·
«Está muy bien que se actualice una norma de hace 40 años que no puede atender las necesidades de un ecosistema digital radicalmente distinto al de aquel entonces»EL Consejo de Ministros ha aprobado esta semana el Anteproyecto de Ley Orgánica Reguladora del Derecho de Rectificación, cuyo objetivo es actualizar la vigente Ley Orgánica 2/1984 «para garantizar este derecho instrumental en el contexto actual de las nuevas tecnologías de la información permitiendo ... corregir públicamente informaciones falsas o inexactas que causan un perjuicio a los particulares», según reza la referencia hecha pública tras la reunión del gabinete. Forma parte de la estrategia anti bulos y desinformación del Gobierno.
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Al margen de otros detalles menores, como los plazos o los cauces de reclamación, y a expensas de disponer del anteproyecto, el principal cambio es el relacionado con la equiparación a los efectos de este derecho a los llamados influencers: «Se consideran como tales a los usuarios que cuenten con más de 100.000 seguidores en una única plataforma, o 200.000 de forma acumulada en varias, ya que muchas veces sus contenidos tienen un alcance mayor que los medios tradicionales. Además, estos medios de comunicación y las plataformas que albergan a los usuarios de especial relevancia deberán establecer un mecanismo fácilmente accesible para facilitar el ejercicio del derecho de rectificación». Así lo expresaba el martes en su página web el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
A expensas, insisto, de conocer el literal del anteproyecto que modificaría esta ley orgánica, creo que la iniciativa merece ser celebrada. En general. Está muy bien que se actualice una norma de hace 40 años que no puede atender las necesidades de un ecosistema digital radicalmente distinto al de aquel entonces, mucho más rígido, cerrado y físico. Además de que posteriores normas han complicado su aplicación, como por ejemplo la relacionada con la protección de datos. Junto a ello, fuerza la responsabilidad indudable de las plataformas, sean de mensajería como telegram o abiertas, tipo Instagram, en la propagación de bulos o falsedades. Un asesor jurídico experto en la materia me decía esta semana: «Una de las grandes incógnitas que se resolverán con el tiempo es si las redes sociales rectificarán los contenidos al recibir inmediatamente cientos de solicitudes extrajudiciales de los ciudadanos o si, por el contrario, solo lo harán cuando ellos, cansados de la inacción habitual de estas plataformas, decidan presentar una demanda judicial».
Y en fin, convierte en titulares de un deber social con la ciudadanía a todos aquellos actores de un tamaño considerable, sean influencers que publiciten cosméticos u opinen sobre las últimas tendencias de moda, sean empresas, políticos, como nuestro exalcalde de Valladolid, Óscar Puente, que tiene más de 200.000 seguidores en X, o una institución, un partido, un blog o cualquier portal web. Convengamos en que, en este momento, resulta incongruente e incomprensible que una ley de rectificación en favor de la veracidad y calidad del debate público impacte clara y nítidamente en un diario de información general con mil ejemplares de difusión en quioscos y sin embargo no lo haga para el caso de webs con tráficos millonarios o perfiles como el de Ibai Llanos, un streamer que acumula en un año más de 90 millones de horas vistas de sus contenidos.
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Pero la medida también debe ser matizada en algún aspecto. El más importante, desde mi punto de vista, es que en el Gobierno y el Congreso deberían ser muy conscientes de que las medidas objetivas que separen a los protagonistas de esa norma del resto no pueden basarse en un dato en el fondo tan irrelevante a la hora de la verdad como el número de seguidores. Un usuario que comparta en un grupo de mensajería móvil de cien personas un bulo inmenso puede acabar siendo el responsable original de la viralización descomunal de una gran mentira porque lo que define el entorno digital de comunicación es el concepto de red, que todo se enlaza y comparte y que el tamaño, aquí, no importa demasiado.
Pero hay más: ¿qué es un bulo o qué puede ser considerado un contenido rectificable? Hace unas semanas llegó a miles de móviles un vídeo fake del alcalde de Valladolid, Jesús Julio Carnero, en el que decía una serie de tonterías sobre el soterramiento y el estado del Real Valladolid. Cualquier avezado observador se podía dar cuenta de que era un producto de la inteligencia artificial con cierta chanza. ¿En serio? ¿Todo el mundo que lo vio fue consciente de ello? Siendo falso que el alcalde, cuya imagen aparecía manipulada para adecuar sus gestos de vocalización, dijese tales memeces, ¿sería posible reclamar una rectificación a quien lo tuiteara?, ¿solamente si tenía más de 100.000 seguidores?, ¿con 75.000 muy influyentes no sería tanto o más perjudicial para el político?
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Es loable cualquier ejercicio de adaptación legislativa que mejore la calidad de nuestra conversación colectiva. Pero es imprescindible hacerlo con el máximo de cuidado y conciencia de lo complejo que puede llegar a resultar. Si lo hacemos bien, daremos respuesta a una inquietud que, esta semana también, acuciaba a una futuróloga danesa, Daria «Dasha» Krivonos, consejera delegada del «Copenhagen Institute for Futures Studies», entrevistada en El Confidencial. Se preguntaba Krivonos: «Si hay desinformación y manipulación y la gente vota, ¿sigue siendo democracia?» Pues no parece tan claro…
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