Secciones
Servicios
Destacamos
S. M.
Miércoles, 22 de marzo 2023, 04:36
La normativa del reglamento general de conductores señala que los usuarios al volante deben utilizar elementos correctos de visión si tienen algún tipo de deficiencia. En este sentido, cabe recordar que hace algunos años era obligatorio llevar unas gafas de repuesto en el vehículo, aunque ... actualmente la Ley de la DGT no obliga a ello, pero no deja de ser algo aconsejable.
De hecho, si un usuario realiza un trayecto sin tener corregidas sus deficiencias visuales con gafas o lentillas deberá detener la marcha, ya que si se prosigue conduciendo sin una visión perfecta estará poniendo en riesgo su integridad física y la del resto de usuarios.
Sin embargo, es normal que surja la duda sobre cómo es posible que las autoridades viales sepan si el conductor necesita llevar gafas o lentillas. Para ello, en caso de que los agentes quieran conocer esta circunstancia, lo que harán será requerir la documentación del vehículo y el carné de conducir, donde aunque no lo creas es posible consultar las deficiencias visuales del conductor.
Lo primero que debemos tener en cuenta es que el carnet de conducir se encuentra dividido en 14 puntos. En el reverso, en el punto 12 -el último-, es donde se puede consultar esta información . Si no pone nada, no necesitas nada. Sin embargo, si aparece la numeración 01.01 se indica que el usuario debe llevar gafas. En este caso, si el conductor no lleva puestas las gafas se enfrentará a una sanción.
Por otro lado, si esto ocurre, el usuario podrá alegar que lleva puestas unas lentes de contacto para ver perfectamente, algo que no comprobarán los agentes en caso de que paren al conductor ya que en el carné de conducir aparecerán los dígitos 01.02, que indican que esa persona es usuario de lentillas y, lo más importante, que puede conducir con ellas. Por último, si aparece 01.06 querrá decir que el conductor podrá llevar tanto gafas como lentillas.
Y es que padecer de estos defectos visuales es bastante común. Casi el 80% de la población en España tiene algún problema visual e incluso un 30% de los españoles sufre, al menos, dos problemas en su visión y un 14%, tres. Es por eso que los afectados deben tener en cuenta que existe un listado de enfermedades incompatibles con la conducción y que el hecho de ignorar esta normativa puede acarrear multas de hasta 6.000 euros.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.