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S. M.
Martes, 18 de octubre 2022, 22:25
Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 ... y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.
El #patinete eléctrico necesita mantenimiento periódico y revisiones.
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) October 17, 2022
No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire o desgaste en #neumáticos.
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Y es que este tipo de vehículos también necesitan de un mantenimiento periódico con sus correspondientes revisiones según la Dirección General de Tráfico (DGT). Así, un patinete eléctrico no se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire en los neumáticos o signos de desgaste, ni cuando hay sonidos al girar u otros síntomas anormales. En estos casos acuda a un taller.
También hay vigilar el estado y la presión de las ruedas si son con cámara de aire. En su limpieza use un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realice la carga durante la noche, por si se recalienta y se incendia. La carga se debe realizar antes de que la batería se descargue por completo y nunca si el patinete está mojado o hay humedad
Asimismo, al circular con un patinete también estás sometido a normas de circulación y posibles sanciones. Y si no quieres llevarte una multa, ten en cuenta que no puedes llevar puestos los auriculares, y tampoco utilizar el móvil o cualquier otro dispositivo mientras vas conduciendo. Al igual que tampoco se puede superar los límites de velocidad ni los de alcoholemia (incluye el 0,0 para los menores). Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
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