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J. Bacorelle
Madrid
Miércoles, 24 de marzo 2021, 13:22
El Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica es una tasa que se paga en función de la potencia fiscal del vehículo, en el caso de turismos; en función de la cilindrada, en el caso de las motos, y el peso y número de ... asientos, en el caso de los camiones y autobuses, respectivamente, de acuerdo con una tarifa mínima establecida para todo el territorio nacional, a excepción de los territorios históricos del País Vasco y Navarra. Es una tasa municipal que debe abonarse cada año. Cada municipio podrá fijar el periodo de pago, por lo que variará de un lugar a otro, aunque normalmente suele abarcar del 1 de abril al 31 de mayo, aunque esto no afecta a su validez.
No se trata de una tasa única, ya que varía en función del municipio. Según Automovilistas Europeos Asociados, las diferencias de tarifas no sólo se producen entre las capitales de provincia de distintas comunidades autónomas sino también entre ayuntamientos de una misma provincia, provocando la aparición de los llamados 'paraísos fiscales del numerito', o lo que es lo mismo, municipios de escasa población que registran un elevado número de vehículos censados. Así, por ejemplo, la tarifa que cobra el municipio serrano de Colmenar de Arroyo o Robledo de Chavela, en la Comunidad de Madrid, es siete veces más barata que la que se cobra en Madrid capital; o dentro de Cataluña, la que cobra el municipio de Rajadell o Aguilar de Segarra es ocho veces inferior a lo que se cobra en Barcelona.
Los municipios considerados 'paraísos fiscales' por AEA son: Las Rozas de Puerto Real (555 habitantes); Colmenar del Arroyo (1.785), Patones (539), La Hiruela (65), Venturada (2.241), Robledo de Chavela (4.364), Redueña (270), Navacerrada (3.091), Torremocha del Jarama (1.075), Moralzarzal (13.334), y Brunete (10.760), en la Comunidad de Madrid; Aguilar de Segarra ( 282), Rajadell (534) y Sant Pere Sallavinera (151), en Barcelona; Sarratella (95), en Castellón; Castielfabib (308) y Puebla de San Miguel (61), en Valencia; Escorca (208), en Mallorca; Relleu (1.148) y Benidoleig (1.078), en Alicante; Retascón (62), en Zaragoza; Cañada de Calatrava (100), en Ciudad Real; Montejaque (949) y Macharaviaya (513), en Málaga, y Borox (3.958), en Toledo.
Este impuesto depende directamente de los ayuntamientos. Por eso, tendremos que dirigirnos allí para poder pagar, aunque la mayoría avisa a los propietarios en sus domicilios. Así, les envía una carta de pago con la que, dirigiéndose a las entidades bancarias, podrán efectuar el pago. También se puede hacer mediante transferencia o ingreso.
Para hacer este pago, se suele tener un plazo amplio. Si bien dependerá de cada Comunidad Autónoma (quien lo cobra y establece la tarifa), suelen dar facilidades para que los titulares puedan abonarlo.
En función del tipo de vehículo que sea, la tarifa será una u otra. También depende de la potencia y lo contaminante que sea el vehículo. La nueva regulación premia a aquellos vehículos menos contaminantes, híbridos o eléctricos. Estos mantienen una tarifa en función de la potencia fiscal y establecen una bonificación del impuesto para dichos vehículos. Una bonificación que habrá solicitar al Consistorio correspondiente, ya que no se aplica directamente. De esta forma, junto a la contaminación, los componentes que determinarán el precio serán el lugar de residencia, el tipo de vehículo y su potencia.
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