Canal Motor
Miércoles, 10 de abril 2024, 10:00
Tanto si ya eres propietario de un coche en la actualidad, bien de combustión o eléctrico, como si planeas adquirir uno; debes tener en cuenta una serie de puntos. En concreto, si eres de los segundos, qué tipo de ayudas tienes a tu alcance y cómo se pueden solicitar. Y si eres de los que ya tienes un vehículo en propiedad, qué ventajas puedes tener para no pagar de más.
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En primer lugar, España lanzó el Plan MOVES III, que nació con una dotación presupuestaria de 400 millones de euros y se amplió hasta julio de 2024 con una dotación presupuestaria total de 1.200 millones. El Plan Moves III ofrece hasta 9.000 euros por vehículo, buscando acelerar la transición hacia una movilidad más limpia.
Sin embargo, la complejidad burocrática ha limitado su impacto, señalando la importancia de simplificar los procesos para una adopción más amplia. Recientemente, el Gobierno ha indicado que existe un compromiso para solventar los principales obstáculos administrativos de la ayuda.
En segundo lugar, la Agencia Tributaria de España ha aprobado medidas fiscales que benefician a los contribuyentes con una deducción del 15% en el IRPF por la compra de vehículos eléctricos. Esta deducción se aplica a la adquisición de una amplia gama de vehículos eléctricos, y es válida para compras realizadas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.
El descuento máximo que se puede obtener es de 3.000 euros, basado en una base máxima de deducción de 20.000 euros. Además, se ofrece una deducción adicional del 15% por instalar puntos de recarga en propiedades del beneficiario, con un ahorro máximo de 600 euros. Los usuarios podrán beneficiarse simultáneamente de esta deducción y de las ayudas Moves III.
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También sigue vigente la exención del impuesto de matriculación para los vehículos que emitan hasta 120g CO2/km; y, dependiendo del ayuntamiento, los vehículos eléctricos obtienen una exención o reducción del impuesto de circulación.
Asimismo no hay incentivos disponibles en relación con el IVA. En las Islas Canarias hay una exención del IGIC para vehículos de propulsión alternativa (BEV, FCEV, PHEV, EREV, HEV, GNC y GLP) que emitan hasta 110g CO2/km.
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