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Patxi Fernández
Viernes, 30 de diciembre 2022, 17:12
Las Zonas de Bajas Emisiones podrán establecer medidas de carácter continuo o temporal como restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por ... su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.
En algunas ciudades. como Madrid o Barcelona, estas ZBE están ya vigentes, aunque en el caso de la capital de España, a partir del 1 de enero próximo se introducen importantes novedades.
El Ayuntamiento de Madrid activa desde el próximo domingo, 1 de enero, una nueva restricción al tráfico rodado más contaminante: los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la capital no podrán circular por la M-30. Esta medida, contemplada en la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) para continuar mejorando la calidad del aire y cumplir con la directiva europea en esta materia, se suma a la implantada el pasado 1 de enero de 2022 que limita el acceso y la circulación a esta tipología de coches por el interior de la vía de circunvalación M-30.
Pero otra novedad a partir del 1 de enero es que se prorroga un año el acceso de vehículos de mercancías ligeros con clasificación B al interior de la ZBE Distrito Centro, por lo que este tipo de vehículos podrán seguir circulando como hasta ahora.
Madrid ZBE limita progresivamente, hasta 2025, el tránsito a los turismos más contaminantes por las vías de la ciudad, es decir, aquellos que funcionan con gasolina y fueron matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel previos a 2006.
Así, en Madrid y desde el 1 de enero de 2022, ya tienen prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
Esta restricción se ampliará en unos días, ya que desde el 1 de enero de 2023, tienen prohibido el acceso y circulación a estos mismos turismos por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
Para los próximos años, a partir del 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los vehículos mencionados.
Y finalmente, se contempla en las ordenanzas municipales que desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.
Así, todo el término municipal se convertirá progresivamente en zona de bajas emisiones (Madrid ZBE), conviviendo con las dos ZBE de Especial Protección que están en vigor, Distrito Centro y Plaza Elíptica, que cuentan con unos criterios de acceso más restrictivos.
Sin embargo existen una serie de excepciones por las que los coches sin distintivo sí podrán circular por la M-30.
Por ejemplo, podrán seguir circulando por la M-30 a partir del 1 de enero de 2023 los vehículos sin distintivo que estén censados en Madrid desde, al menos, el 1 de enero de 2022 y figuren en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid. Los censados en fechas posteriores no serán admitidos.
Y también los vehículos con distintivo Aque no sean turismos: motocicletas, ciclomotores, camiones o furgonetas; los vehículos que se empleen para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (deben estar dados de alta en el Sistema de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones) y, finalmente, los vehículos considerados históricos que cumplan con los requisitos que exige la nueva normativa.
Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad se establecerá un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en M-30 y su interior. Los efectivos se situarán en puestos aleatorios.
El acceso no permitido a Madrid ZBE, al igual que con las otras dos ZBDEP, suponía hasta el 20 de marzo de 2022 una infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c) y podía ser sancionada con 90 euros (45 euros si es por pronto pago), conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. No obstante, debido a la modificación de la citada ley, desde el 21 de marzo de 2022, se sanciona como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3 y 80.1, (100 euros si es por pronto pago).
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