![Desde el beso hasta el etilómetro: así han evolucionado los controles de alcoholemia](https://s1.ppllstatics.com/rc/www/multimedia/2023/12/04/control-alcohol-R78XBzEZwEY0vZzZ3Hd1yzM-1200x840@abc.jpg)
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Canal Motor
Martes, 5 de diciembre 2023, 10:00
El primer alcoholímetro de la historia es uno que no tendría cabida en el mundo moderno. En el siglo VII antes de Cristo, los romanos habían llegado a la conclusión de que, para averiguar si una mujer había bebido, la manera más fiable no podía ser otra que un beso en la boca.
Según relata Javier Ramos de los Santos en su 'Eso no estaba en mi libro de Historia de Roma' (Books4pocket, 2018), en el Reino de Roma existía una ley que condenaba a muerte a las mujeres por consumir alcohol.
Mucho ha cambiado en las mediciones de embriaguez, aunque la prohibición de conducir es relativamente reciente. En EEUU, por ejemplo, no llegó a la legislación federal hasta 1988. Hasta entonces, calcular el grado de alcohol en sangre había sido un interés científico con escasas aplicaciones prácticas.
En la década de 1920 en Los Ángeles, el doctor Emil Bogen realizó un estudio para determinar científicamente la embriaguez, y tras realizar pruebas con sangre y orina, descubrió que a través del aliento se podía determinar el nivel de alcohol en sangre.
Su alcoholímetro consistía en una gran cámara de aire con ácido sulfúrico y dicromato de potasio. Cuando una persona respiraba en ella estos compuestos cambiaban de color, del amarillo a diferentes tonos de azul y verde.
Casi una década más tarde las investigaciones de WD McNally en Chicago supusieron un paso más en la técnica de detectar el nivel de embriaguez. El sistema era parecido, pero no hacía falta que la persona entrase en ningún tipo de cámara. En este caso se soplaba en el tubo del dispositivo, y si había ingerido alcohol, se producía un cambio de color.
En la actualidad las pruebas de alcoholemia para determinar el alcohol en sangre se pueden hacer mediante dispositivos electrónicos o manuales. Se trata de un procedimiento obligatorio, y los agentes deben informar de ello al conductor del vehículo.
En caso de negarse a hacer la prueba se puede imputar por vía administrativa una multa de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos del carné, o por vía penal una pena de prisión de 6 meses a 1 año y la retirada del carné entre 1 y 4 años.
Hoy en día, la normativa vigente de conducción bajo los efectos del alcohol queda recogida en el Real Decreto 2282/1998, del 23 de octubre. En ella, se dispone que la medida en aire espirado no puede superar los 0,25 miligramos por litro, una medida equivalente a 0,5 gramos por litro de sangre. Si se superan los 0,6 mg, será considerado delito.
Para conductores noveles y profesionales, el umbral se reduce a los 0,15 miligramos por litro de aire o 0,3 gramos por el de sangre. Según los datos de la DGT, se estima que uno de cada tres fallecidos en accidente había consumido alcohol o drogas.
Desde la entrada en vigor de la nueva ley de Tráfico y Seguridad Vial se contempla, además, una tasa para conductores menores de edad –para ciclomotores, bicicletas o patinetes–: 0,0 miligramos.
Sobrepasar cualquiera de estos límites supondrá multas de entre 500 y 1.000 euros y la pérdida de hasta 6 puntos del carné. Desde la Dirección General de Tráfico afirman que «la única tasa realmente segura es la de cero miligramos por litro».
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