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Imagen del acusado en el juicio del 10 de febrero. A.P.C.
Seis años de prisión y 53.000 euros por secuestrar a su ex pareja y meterla en un maletero
León

Seis años de prisión y 53.000 euros por secuestrar a su ex pareja y meterla en un maletero

La sentencia de la Audiencia Provincial de León ratifica el acuerdo de las partes antes del juicio y absuelve al acusado por el delito de descubrimiento de secretos

I. Santos

León

Viernes, 7 de marzo 2025, 17:40

Sentencia compleja la del caso del joven que secuestró a su ex pareja y la metió en el maletero. Seis años de prisión y 53.000 euros por secuestrar a su ex pareja y meterla en un maletero, tal y como se pacto en el acuerdo. La sala determina la absolución del acusado por el delito de descubrimiento de secretos, el único por el que se celebró la vista el 10 de febrero de 2025, después de que se llegase a un acuerdo por los otros delitos de los que estaba acusado, informa Leonoticias.

Tras el acuerdo de las partes, la Audiencia Provincial de León ha condenado al acusado como autor de un delito de detención ilegal a la pena de 4 años y 6 meses de prisión, así como las prohibiciones de comunicarse por cualquier medio con la vícitma y de aproximarse a distancia inferior a 300 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar en que se encuentre durante 14 años.

También se le condena como responsable de un delito de conducción temeraria a la pena de 1 año y 6 meses de prisión. Por su parte, el acusado deberá indemnizar en la cantidad de 32.613 euros, por las lesiones sufridas a la víctima y en la cantidad de 25.439 euros por daños morales. Todo ello tal y como se pactó en el acuerdo firmado el día del juicio en la Audiencia Provincial de León.

Acuerdo previo

Al inicio de la vista el 10 de febrero y tras haber roto un acuerdo en octubre de 2024, el Ministerio Fiscal informó que las acusaciones habían alcanzado un acuerdo parcial con la defensa y con el responsable civil directo y subsidiario respecto de alguno de los delitos por los que se había presentado acusación.

A tal fin, el Ministerio Fiscal modificó su escrito de conclusiones provisionales respecto de los delitos que había acuerdo con la defensa y respecto de la responsabilidad civil. Aunque la acusación particular solicitaba una pena de prisión mayor, al presentar la documentación fuera de plazo no fue admitida.

Tras resolverse estas cuestiones, todos los letrados mostraron conformidad con el acuerdo parcial alcanzado, así como el responsable civil directo y responsable civil subsidiario, quedando limitada la cuestión controvertida a la posible comisión por parte del acusado de un delito de revelación de secretos.

Revelación de secretos

El único delito que se juzgó fue el de revelación de secretos, pero el acusado ha sido absuelto. Tal como reza la sentencia de la Audiencia Provincial de León a la que ha tenido acceso este medio, «si bien puede ser técnicamente complicado determinar si una persona ha podido leer los mensajes de otra sirviéndose de sus claves, sí parece razonable pensar es que es fácil probar si este manda mensajes o los borra, o bloquea o desbloque contactos» cuando el móvil de la vícitma estaba en posesión del acusado.

A pesar de ello, al no haberse identificado qué contactos se bloquearon o cuál se desbloquearon, así como qué mensajes se enviaron y a quien la sala de la Audiencia Provincial de León ha determinado que no hay una prueba suficiente y «lo que procede es el dictado de una sentencia absolutoria».

Conclusiones de los hechos

La sentencia emitida detalla que los hechos se produjeron en la madrugada del 11 de octubre de 2022, cuando el acusado coincidió con su ex pareja en varios locales de ocio nocturno de la ciudad, tras lo que la esperó en las inmediaciones de su domicilio, donde inició una discusión. En un momento dado y durante esa discusión, el joven le dijo a la chica «¿A que te meto en el maletero?» y, «con ánimo de menoscabar su libertad deambulatoria, primero la agarró del pelo y la empujó, para a continuación, cogerla con sus brazos, y ponerla sobre sus hombros, e introducirla en el maletero» mientras ella «gritaba y pataleaba tratando de evitar que lo cerrara».

Ya con la mujer en el maletero y tras quitarle el teléfono móvil, el hombre condujo durante media hora, mientras la víctima consiguió accionar una palanca y plegar los asientos traseros del vehículo para acceder a la zona de los asientes traseros. Ante la posibilidad de que la joven pudiera salir, él «aceleró el vehículo y, al frenar bruscamente, ella salió disparada y se empotró contra el salpicadero del coche».

Como consecuencia de esto, tal y como recoge la sentencia, la mujer sufrió varias lesiones que precisaron para su curación de una primera asistencia facultativa y tratamiento médico-quirúrgico, además de estrés postraumático grave. Ante la sangre que presentaba la mujer en el rostro, el acusado la llevó a su domicilio, donde se limpió la herida y la obligó a cambiarse de ropa. En un momento dado, aprovechando que el acusado fue a otra estancia, la mujer consiguió salir del domicilio del acusado y refugiarse en un gasolinera que se encontraba en las inmediaciones, desde donde la policía la trasladó al Complejo Asistencial Universitario de León. El acusado se encuentra en situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza por estos hechos desde el día 12 de octubre de 2022.

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