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Permiso retribuido en campaña electoral para los funcionarios de la Junta candidatosLos funcionarios de la Junta de Castilla y León que sean candidatos en las próximas elecciones municipales podrán disfrutar de un permiso laboral para hacer campaña. Un paréntesis retribuido, sin mella en la nómina del mes, que irá del 12 al 28 de mayo.
El ... Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este lunes la orden que regula la concesión de permisos de los empleados públicos de la Administración autonómica con motivo de los comicios. Este permiso no es nuevo. Se activa cada vez que hay elecciones. «Resulta preciso adoptar las medidas necesarias para que los empleados públicos de esta Administración puedan cumplir los deberes y ejercitar los derechos derivados de dichas convocatorias», recoge la disposición de la Junta en referencia a la convocatorias electorales.
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Para disfrutar de estas dos semanas en las que se cambia el trabajo por la campaña electoral, los empleados de la Junta solo tienen que solicitarlo, acreditando que forman parte de una candidatura electoral. No importa el lugar que ocupen en esa lista y tampoco el tipo de localidad por el que se presentan, sea municipio grande, pequeño o pedanía.
Además de los permisos para que su personal pueda hacer campaña, la Orden regula también el derecho de los empleados públicos que sean seleccionados para estar en las mesas electorales y o ejercer de interventores a un permiso retribuido de jornada completa si no disfrutara el domingo 28 de mayo de un descanso semanal, permiso al que suma una reducción de cinco horas en la jornada de trabajo del lunes 29.
la disposición establece una medida para que aquellos funcionarios que sean apoderados de un partido político durante la jornada de votación, y ese día no fuera de descanso semanal para ellos, puedan disponer también de un permiso retribuido.
Completa la Orden una indicación a los responsables de consejerías y organismos autonómicos para que diseñen el domingo de las votaciones turnos de trabajo que permitan a los empleados públicos que ese día estén en el tajo (sanitarios, personal de residencias de mayores, centros de menores, agentes medioambientales...) disponer de cuatro horas para poder ejercer su derecho al voto.
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