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EL NORTE
Viernes, 13 de enero 2023, 20:17
El momento económico actual es complicado debido a los efectos de la inflación sobre los precios de los alimentos, del combustible y de otros productos que se han disparado en los últimos meses. Muchas personas tienen problemas para afrontar todos estos gastos, en una coyuntura que también afecta a los jubilados. Con algunas pensiones quizá no es suficiente para llenar el carro de la compra todos los meses y también hacer frente a gastos imprevistos. Es por ello que puede que a muchos pensionistas les interese conocer la manera en la que pueden cobrar dos prestaciones de manera simultánea.
Actualmente, el Ministerio de Trabajo y Economía Social abona más de 8,6 millones en prestaciones, aunque la mayoría de ellas suelen ser incompatibles entre sí, por lo que muchos jubilados tienen que elegir entre el abono de unas u otras. La Seguridad Social también lo explica en su página web, donde corrobora que sí estará permitido cobrar dos pensiones como la de jubilación y viudedad: «La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente a la que el mismo tuviera derecho».
Existen algunos casos en los que los que «expresamente se dispone lo contrario, legal o reglamentariamente» y que quedan fuera de esta prohibición. Para que sea posible cobrar más de una hay que generar derecho a pensión de jubilación en dos regímenes distintos de la Seguridad Social.
Cualquier combinación es válida, pero el caso más común es el de aquellos jubilados que han sido autómonos y que también han trabajado en el Régimen General. En este supuesto tendrían derecho a pensión si cumpliesen con todos los requisitos: un mínimo de 15 años cotizados en cada régimen, de los cuales dos deben darse entre los 15 años previos a la jubilación.
Al mismo tiempo, el trabajador debe acceder en una situación de alta en la Seguridad Social (o asimilada) en los dos regímenes. De lo contrario, «será necesario que las cotizaciones acreditadas en cada uno de ellos se superpongan, al menos, durante 15 años».
Cuantía de las dos pensiones
El cálculo de las dos pensiones se ha de hacer de manera individual. La Seguridad Social posee un método para calcularlo en el que se tiene en cuenta la base reguladora y el número de años cotizados para establecer el porcentaje de la misma al que se tiene derecho:
• La base reguladora se compone de la suma de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) dividida entre 350.
• El número de años cotizados determina el porcentaje de base reguladora que se cobra: con 15 años cotizados se garantiza el 50%, por cada uno de los siguientes 49 meses se da un 0,21% extra de base reguladora y por cada uno de los siguientes 209 meses se concede un 0,19% extra.
Eso sí, el valor de estas pensiones está sujeto a los límites que marca la ley, por lo que el importe sumado de las dos pensiones no puede superar la cuantía máxima, que en 2021 era de 2.707,49 euros mensuales, y 37.904,86 euros anuales. Tampoco debe ser inferior a la cuantía mínima de las pensiones de jubilación.
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