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El interior de la oficina de empleo de Valladolid. Nacho Gallego/EFE
Las condiciones que deben cumplir los mayores de 52 años para cobrar el subsidio

Las condiciones que deben cumplir los mayores de 52 años para cobrar el subsidio

El SEPE recuerda a los beneficiarios de la prestación, que han agotado la de desempleo, que están obligados enseñar sus declaraciones anuales para seguir recibiéndola

El Norte

Valladolid

Jueves, 29 de diciembre 2022, 16:32

Los trabajadores que han agotado sus prestaciones por desempleo pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años. Los beneficiarios de éste tienen derecho a cobrarlo hasta la edad de jubilación, pero desde el SEPE han avisado que éstos deberán presentar la declaración de sus rentas de manera anual para corroborar que necesitan seguir cobrando esta bonificación. Para acceder a este pago, es necesario cumplir con una serie de requisitos.

Requisitos para acceder al subsidio

  • Presentar anualmente la declaración de la renta y los documentos que la justifiquen.

  • Estar en desempleo.

  • No pertenecer al grupo de personas trabajadoras fijas discontinuas.

  • Tener 52 años o más, cuando se dé alguna de estas circunstancias: regresar a España después de haber trabajado doce meses o más fuera de la Unión Europea y no tener derecho al subsidio por desempleo; ser liberado de prisión sin la prestación por desempleo; ser declarado capaz o persona con incapacidad parcial tras mejorar la situación de invalidez o incapacidad total; o estar cotizando por desempleo entre 90 y 359 días y carecer de prestación por ello.

  • Haber agotado el subsidio por desempleo o la prestación contributiva.

  • Haber cotizado durante 15 años, dos de ellos en los últimos quince años.

  • Haber cotizado al desempleo durante seis años o más.

Es imprescindible presentar la declaración cada año, porque sino dejará de ser beneficiario de esta bonificación. El plazo es de quince días tras haberse cumplido los doce meses. Asimismo, es necesario que los ingresos del solicitante no superen ningún mes el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, actualmente los 1.000 euros brutos mensuales repartidos en catorce pagas.

Los beneficiarios de esta prestación recibirán los pagos mensuales por una cuantía del 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, que en 2022 estaba fijado en 579,02 euros. Por tanto, cobraban por el subsidio 463,21 euros, pero a partir de 2023, la cifra ascenderá hasta los 480 euros. La prestación se recibe a mes vencido, entre los días 10 y 15.

La Declaración Anual de Rentas del subsidio de mayores de 52 años se podrá tramitar a través de la sede electrónica del SEPE o de manera presencial en la oficina de prestaciones. Para realizarlo vía internet es necesario poseer el certificado digital, el DNI electrónico o el usuario y la contraseña de Cl@ve. En caso de realizarlo de manera personal en la oficina, es imprescindible solicitar cita previa en la página web del SEPE o en el teléfono 912738384. Si la tramitación se realiza fuera del plazo establecido, se reanudará el pago a partir de la fecha en que se confirme.

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