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Oficina de empleo, en una imagen de archivo. Carlos Luján / Europa Press
Las infracciones por las que el SEPE puede anular la prestación a los parados

Empleo

Las infracciones por las que el SEPE puede anular la prestación a los parados

Dependiendo de si son leves, graves o muy graves, estas faltas pueden llegar a suponer la extinción de los subsidios

Ignacio Repilado

Valladolid

Martes, 27 de febrero 2024, 19:41

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) juega un papel fundamental en la vida de miles de personas que se encuentran en situación de desempleo. Su labor va más allá de la mera gestión de la prestación económica, ya que también ofrece apoyo y orientación para la búsqueda de empleo.

No obstante, esta ayuda no es incondicional. Los beneficiarios del paro deben cumplir con una serie de obligaciones, cuyo desconocimiento o incumplimiento puede acarrear serias consecuencias, como la suspensión o incluso la pérdida total de la prestación.

Tal y como recoge la página web oficial del SEPE, existen infracciones de diferente tipo que deben tener en cuenta todas aquellas personas que reciban un subsidio de estas características.

Infracciones leves

Las infracciones leves incluyen no acudir a la cita previamente programada con el Servicio Público de Empleo Estatal o las agencias de colocación, así como no devolver en el plazo estipulado el comprobante de asistencia a entrevistas laborales. Asimismo, no cumplir con los requisitos establecidos en el acuerdo de actividad o no proporcionar la información necesaria para recibir notificaciones constituyen también infracciones.

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Es importante destacar que las citaciones o comunicaciones electrónicas son válidas si se ha otorgado previamente el consentimiento, y la falta de mantenimiento de la inscripción como demandante de empleo puede dar lugar a la suspensión de la prestación, a menos que se justifique adecuadamente la situación.

En los supuestos anteriormente mencionados, las sanciones aplicables varían desde la pérdida de un mes de prestaciones hasta la extinción total de las mismas (si se cometen cuatro infracciones).

Infracciones graves

Del mismo modo, se considerará una infracción grave el no informar al Servicio Público de Empleo Estatal sobre la suspensión o extinción del derecho a la prestación, así como rechazar una oferta de empleo adecuada sin una causa justificada. Esta categoría también incluye la negativa a participar en trabajos de colaboración social, programas de empleo o acciones de formación ofrecidas por los servicios públicos de empleo, así como en acciones de orientación profesional proporcionadas por agencias de colocación, a menos que exista una causa justificada.

Ante estos supuestos, el infractor podrá enfrentarse a la pérdida de tres meses de prestaciones en la primera infracción, pudiendo llegar a la extinción total en la tercera. Además, se sancionará con la anulación de la prestación el no comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones cuando se produzcan situaciones que den lugar a la suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de cumplir los requisitos para el derecho a percibirlas, y se haya percibido indebidamente la prestación por cualquiera de estas causas.

Estos baremos serán aplicados a partir de la primera infracción y en supuestos en los que entre una infracción grave y la anterior no hayan pasado más de 365 días, independientemente del tipo de incumplimiento.

Infracciones muy graves

Algunas de las infracciones muy graves son actuar de forma fraudulenta con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las correspondientes, así como prolongar su disfrute recurriendo a la falsedad documental; compatibilizar la solicitud o el percibo de las prestaciones con el trabajo por cuenta propia o ajena (salvo en el caso del trabajo a tiempo parcial, en los términos previstos en la normativa correspondiente). Llegar a acuerdos con la empresa para obtener indebidamente prestaciones de la Seguridad Social o desviar las cantidades que se perciban de prestación por desempleo de acuerdo con lo establecido en los programas de fomento de empleo también son acciones consideradas como infracciones muy graves.

En el caso de las prestaciones o subsidios por desempleo, así como de la prestación por cese de actividad de la persona trabajadora autónoma, las infracciones muy graves conllevarán directamente la extinción de dichas prestaciones o subsidios.

En caso de incumplimiento de las obligaciones que afecten al mantenimiento de los requisitos para recibir la prestación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender temporalmente dicha prestación hasta que se resuelva definitivamente el procedimiento administrativo. Además, independientemente de la sanción impuesta, se requerirá la devolución de las cantidades recibidas de forma indebida.

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