Entre las decenas de páginas que incluye la Declaración de la Renta, las relativas a las deducciones autonómicas se encuentran entre las más laberínticas de todo el sistema 'web'. Aunque su aplicación, si corresponde, puede alterar positivamente el resultado final al incorporar nuevas desgravaciones de ... la cuota final en función de la circunstancia personal o profesional de cada contribuyente. Con un hándicap:es necesario que cada titular aplique esa deducción porque el borrador de la Renta no incorpora, como nunca lo ha hecho, los datos previos.
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El conjunto de las comunidades autónomas disponen de competencia para aprobar y aplicar deducciones por circunstancias personales y familiares, inversiones no empresariales, aplicación de renta y subvenciones o ayudas públicas no exentas. Para esta campaña, referida a 2021, están vigentes 265 deducciones autonómicas. Las comunidades que más aplican son la Comunidad Valenciana y Canarias (33 y 25). Cataluña, con 10, la que menos.
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José María Camarero Edurne Martínez
Luis del Amo, secretario técnico del REAF, explica que estos beneficios «generan pocas ayudas para contribuyentes y pocos ingresos para la comunidad». Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, para una recaudación de 4.700 millones de euros, las deducciones son 530 millones. Del Amo apunta que están dirigidas «a grupos con circunstancias familiares y económicas muy concretas y limitado el importe por la renta». Estas son, a grandes rasgos, las desgravaciones autonómicas para la Renta de 2021.
Hijos. 200 euros por hijo nacido, adoptado o acogido. La cuantía se incrementa a 400 euros si se produce en municipios con problemas de despoblación. Y 200 euros más si es más de un niño. Para aplicarla no se puede superar los 25.000 euros en la suma de las bases imponibles general y del ahorro en declaración individual o 30.000 euros en tributación conjunta.
Dependientes. 100 euros por asistir a personas con discapacidad si no se superan los 80.000 euros de base imponible o 100.000 en tributación conjunta.
Ayuda doméstica. Deducción del 20% con un máximo de 500 euros del importe de las cotizaciones a la Seguridad Social del empleado si se tienen hijos y se perciben rendimientos del trabajo o de actividades económicas, o si los contribuyentes son mayores de 75 años.
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Clases extraescolares. Deducción del 15% del gasto en enseñanza de idiomas, de informática o de ambas, con un máximo de 150 euros por cada hijo. No se pueden superar los 80.000 euros de base imponible general y del ahorro o 100.000 en tributación conjunta.
Hijos. 100 euros por nacimiento o adoptación del primer hijo y 150 por el segundo si los contribuyentes residen desde hace dos años en municipios con una población menor a 10.000 habitantes. Además, con carácter general, 500 euros por nacimiento o adopción si es el tercer hijo o sucesivo. Serán 600 euros en casos de baja renta.
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Guarderías. Deducción del 15% con un máximo de 150 euros por gastos de guardería por cada hijo menor de 3 años para declaraciones con una base inferior a 35.000 euros o 50.000 en conjuntas.
Libros de texto. 50 euros por hijo del gasto destinado a la adquisición de libros para la educación primaria o secundaria, que sube a 75 euros en familias numerosas.
Dependientes. 150 euros por cuidado de personas dependientes que convivan con el contribuyente al menos la mitad del año. Se debe tratar de ascendientes mayores de 75 años o discapacidad mayor al 65% si la persona dependiente tiene una renta anual inferior a 8.000 euros.
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Vivienda. 5% del gasto en adquisición o rehabilitación de vivienda en núcleos rurales que vaya a constituir la residencia habitual para menores de 36 años y sea su primera vivienda. El municipio tendrá que tener menos de 3.000 habitantes y no superar los 21.000 euros de renta o 35.000 euros en declaración conjunta.
Transporte. 50 euros por adquirir bonos de transporte público, incluidas las cuotas para usar las bicicletas del sistema público.
Dependientes. 341 euros por acogimiento de familiares mayores de 65 años que conviva con el contribuyente más de 183 días al año y la renta no supere los 25.000 euros en tributación individual y 35.240 euros en conjunta.
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Hijos. Deducción de 1.000 euros por cada hijo adoptado internacional. Además, 252 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar si conviven con el menor al menos 183 días en el año.
Zona rural. 100 euros por cada hijo si la residencia habitual se encuentra en una zona en riesgo de despoblación y la renta sea inferior a 25.000 euros anuales o 35.000 en tributación conjunta. Además, 1.000 euros para los que residan en estas zonas y comiencen una actividad como trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Transporte. Hasta 100 euros por abonos de transporte público para residentes en zonas rurales en riesgo de despoblación.
Trabajo. 15% con un límite de 2.000 euros de los gastos ocasionados por el traslado a Asturias por motivos laborales relacionados con actividades de I+D, científicas o técnicas durante el año de traslado y los tres siguientes.
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Eléctricos. 15% de la adquisición de vehículos eléctricos nuevos durante 2022 y 2023. La base máxima de deducción será de 50.000 euros y los vehículos no pueden destinarse para el desarrollo de una actividad económica.
mundo rural
Hijos. Deducción del 40% con un límite de 600 euros por los gastos derivados de guarderías, servicios de comedor o actividades extraescolares de niños de 3 a 6 años o contratación de una persona para su cuidado.
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Idiomas. 15% con límite de 100 euros por hijo de los gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros.
Educación. 1.500 euros por los gastos de cursar estudios de educación superior fuera de la isla habitual de residencia por cada hijo que dependa económicamente del progenitor al no obtener rentas más de 8.000 euros al año.
Vivienda. 15% con un máximo de 400 euros de los gastos de renta de alquiler por traslado temporal de su isla de residencia a otra del archipiélago balear por la misma empresa. El traslado no puede rebasar los tres años de duración.
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Hijos. Deducción por nacimiento o adopción de 200 euros por primer o segundo hijo, 400 euros por tercero, 600 euros por cuarto y 700 euros por quinto o sucesivos.
Guardería. 15% con límite de 400 euros por los gastos de guardería en hijos menores de 3 años para contribuyentes con rentas inferiores a 39.000 euros anuales.
Vivienda. 10% con base máxima de 7.000 euros para rehabilitación energética de la vivienda habitual.
Trabajo. 1.500 euros por gastos de estudios realizados fuera de la isla de residencia por hijos menores de 25 años que dependan del progenitor siempre que en la isla de residencia no exista esa misma oferta educativa.
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Educación. 100 euros por gastos de estudios en educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato o formación profesional por el primer hijo y 50 euros adicionales por cada uno de los restantes sobre la cantidad de adquirir libros, material escolar, transporte escolar, uniforme, comedor o refuerzo educativo.
Vivienda. 10% con un límite de 300 euros de la cantidad destinada a alquiler de vivienda habitual para menores de 35 años o mayores de 65 años. La base debe ser inferior a 23.000 euros en declaración individual y 31.500 en conjunta.
Dentista. 10% de los honorarios de servicios sanitarios por enfermedad, salud dental, embarazo, nacimiento de hijos, accidentes e invalidez con un límite de 500 euros siempre que dichos servicios se paguen con tarjeta o transferencia y la base liquidable sea inferior a 23.000 euros en tributación individual y 31.500 en conjunta.
Zonas rurales. 500 euros por los gastos de trasladar por motivos laborales la residencia habitual a una zona de Cantabria en riesgo de despoblación durante ese año y el siguiente.
Hijos. 1.000 euros para el primer hijo, 1.475 euros para el segundo, 2.351 euros para el tercero y sucesivos si no se superan los 18.900 euros de base imponible en declaraciones individuales y 31.500 euros en conjunta. Esta cantidad se incrementará en un 35% si se reside en municipios de menos de 5.000 habitantes.
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Ayuda doméstica. 15% con un límite de 300 euros de las cantidades abonadas en cuotas a la Seguridad Social de un empleado del hogar. Para aplicarse la deducción se ha de tener un niño menor de 4 años y no superar una base imponible de 18.900 euros.
Vivienda. 15% para la adquisición de primera vivienda en núcleos rurales por menores de 36 años residentes en Castilla y León. La vivienda ha de ser de nueva construcción o una rehabilitación y no se puede superar los 18.900 euros de tributación.
Hijos. 100 euros por cada hijo y 500 en partos múltiples. La cuantía será de 200 euros si la familia es monoparental.
Guardería. 15% del gasto en guardería para menores de 3 años con un máximo de 250 euros por hijo.
Dependientes. 600 euros por cada persona mayor de 65 años que conviva con el contribuyente durante más de 183 días al año si la base imponible y del ahorro no es superior a 12.500 euros.
Vivienda. 15% con un máximo de 450 euros del arrendamiento de vivienda por menores de 36 años que constituya su residencia habitual si la base imponible no supera los 12.500 euros. La deducción aumenta al 20% con un máximo de 612 euros para los jóvenes que alquilen vivienda en municipios de menos de 2.500 habitantes.
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Hijos. Deducción de 150 euros en declaración individual, o 300 en conjunta, por nacimiento o adopción de hijos. En familia monoparental, la deducción será de 300 euros.
Vivienda. 10% del gasto en alquiler con un máximo de 300 euros al año para menores de 32 años o haber estado en paro durante más de 183 días o viudos mayores de 65 años. Siempre que la base imponible no supere los 20.000 euros anuales.
Viudedad. 150 euros para los contribuyentes que queden viudos durante ese año y los dos posteriores. Si hay hijos a cargos, la deducción será de 300 euros.
Vivienda. 5% con límite de 300 euros por alquiler de vivienda habitual para menores de 36 años con rentas inferiores a 19.000 euros. Se ampliará al 10% con límite de 400 euros si es en un municipio de menos de 3.000 habitantes.
Viudedad. 100 euros para viudos con una renta inferior a 19.000 euros. Será de 200 euros si el contribuyente tiene a su cargo uno o más hijos.
Cuidado de menores. 10% con límite de 400 euros para padres que por trabajo dejen a sus hijos menores de 14 años al cuidado de una persona empleada o en guarderías, si su base imponible no es superior a 28.000 euros.
Hijos. 300 euros por cada hijo nacido o adoptado si la base imponible es menor de 22.000 euros. En partos múltiples la deducción es de 360 euros por hijo. En el segundo hijo la deducción es de 1.200 euros, y de 2.400 en tercero y sucesivos.
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Guardería. 30% con un límite de 400 euros por cuidado de niños hasta 3 años por una persona empleada del hogar o guarderías si ambos progenitores trabajan y la base imponible no exceda los 22.000 euros.
Internet. 30% con límite de 100 euros del gasto por el alta y cuotas mensuales para el acceso a internet de alta velocidad para uso del hogar.
Vivienda. Deducción del 15% con un límite de 9.000 euros de la cantidad invertida en rehabilitación de inmuebles situados en centros históricos.
Hijos. 600 euros por nacimiento o adopción de hijos durante ese año y los dos siguientes en caso de que la base imponible no supere los 30.000 euros.
Dependientes. 1.500 euros por cada familiar mayor de 65 años o discapacitado a cargo que conviva con el contribuyente más de 183 días al año. La base imponible no puede superar los 30.000 euros.
Vivienda. 30% con un máximo de 1.000 euros por alquiler de vivienda habitual por menores de 35 años o parados con hijos menores de 40 años. La base imponible no puede superar los 25.620 euros.
Educación. 15% por gastos de escolaridad, 10% por gastos de enseñanza de idiomas y 5% por adquisición de uniformes escolares con un máximo de 400 euros.
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Hijos. 100 euros para el primer hijo, 200 para el segundo y 300 para el tercero y sucesivos para contribuyentes cuya base no supere los 30.000 euros.
Educación. 120 euros por hijo para adquisición de material escolar para contribuyentes con una base máxima de 20.000 euros.
Vivienda. 5% con límite de 300 euros por la adquisición de vivienda habitual por parte de menores de 35 años que no obtengan más de 24.100 euros al año.
Sostenibilidad. 20% de la inversión en dispositivos domésticos de ahorro de agua instalados en la vivienda habitual con un máximo de 300 euros.
Dependientes. 600 euros por cada familiar mayor de 65 años que conviva con el contribuyente al menos 183 días al año.
Hijos. 600 euros por el primer hijo, 750 por el segundo, 900 por el tercero y sucesivos.
Eléctricos. 15% con máximo de 300 euros para adquisición de vehículos eléctricos nuevos. El importe máximo deducible será de 225 euros para las bicicletas con motor eléctrico.
Internet. 30% de los gastos del accedo a internet para jóvenes emancipados y 40% para los que constituyan familias monoparentales o residan en un pequeño municipio. La base imponible no podrá exceder los 18.000 euros.
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Facturas. 15% de los gastos de suministro de luz y gas doméstico para menores de 36 años emancipados con base imponible inferior a 18.000 euros.
Hijos. 270 euros por nacimiento o adopción ese año y los dos posteriores siempre que la base liquidable no supere los 25.000 euros.
Ayuda doméstica. 50% de las cuotas a la Seguridad Social por contratar de forma indefinida a una empleada del hogar para cuidado de menores de 5 años o mayores de 75 años.
Vivienda. 5% por adquisición de primera vivienda en menores de 35 años con base imponible que no supere dos veces el IPREM.
Sostenibilidad. 40% con un máximo de 8.000 euros por la inversión en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica. Si es segunda residencia, la deducción será del 20%.
Cultura. 21% con un máximo de 150 euros por el gasto en la adquisición de abonos culturales de empresas adheridas al Culturarts Generalitat.
Eléctricos. 10% por adquisición de coches eléctricos siempre que la base imponible del contribuyente no supere los 25.000 euros.
Zonas rurales. 300 euros por residir habitualmente en un municipio en riesgo de despoblamiento.
Hijos. 613 euros por primer hijo, 759 euros por el segundo y 1.280 euros por el tercero.
Vivienda. 20% del gasto en alquiler de vivienda con un límite de 1.600 euros anuales. La deducción aumenta al 25% si la familia es numerosa y al 30% para menores de 30 años.
Emprendedores. Deducción por inicio de actividad económica. En Álava, si la actividad se inicia en zonas en riesgo de despoblación la deducción es de 1.000 euros. Las mujeres pueden incrementar la deducción en 500 euros.
Vivienda. 15% con máximo de 1.200 euros anuales por gasto en alquiler de vivienda habitual para contribuyentes con rentas máximas de 30.000 euros.
Emancipación. 50% con límite de 250 euros mensuales por alquiler de vivienda para emancipación para jóvenes entre 23 y 31 años.
Sostenibilidad. 15% de la inversión en instalaciones térmicas de los edificios que utilicen biomasa como combustible. Será del 30% en instalaciones de energía procedente de renovables.
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