EEl Tribunal Constitucional ha avalado el impuesto temporal de solidaridad a las grandes fortunas, introducido por el Gobierno de Pedro Sánchez en diciembre de 2022 y que grava los patrimonios superiores a tres millones de euros, al rechazar el recurso presentado por la presidenta de ... la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Los magistrados han aprobado la ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Balaguer, que ha salido adelante por siete votos a favor y cuatro en contra (los de los magistrados Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel).
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El recurso de impugnación presentado por el Gobierno de Díaz-Ayuso argumentaba que el impuesto a las grandes fortunas vulneraba los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas. La sentencia aprobada sostiene que la creación de dicho gravamen no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal y subraya que las facultades autonómicas no pueden interpretarse hasta el punto de neutralizar las estatales. La sentencia recuerda que el nuevo tributo es complementario del Impuesto de Patrimonio (de titularidad estatal pero cedido a las comunidades autónomas) y no afecta ni interfiere en las competencias autonómicas sobre Patrimonio. «La queja real de la Comunidad de Madrid», dice la sentencia del Constitucional, «es que sus residentes con un patrimonio superior a tres millones de euros tendrán que pagar el nuevo impuesto estatal, con lo que Madrid pierde su atractivo fiscal para atraer dicha riqueza a su territorio». El tribunal rechaza también que el impuesto sea confiscatorio, como alegaba la Comunidad de Madrid, y subraya que el tipo efectivo del impuesto sobre las grandes fortunas está por debajo del 0,5% del valor del patrimonio gravado, «por lo que no es desproporcionado».
Con el pronunciamiento del Constitucional, el Gobierno en funciones se consideró reforzado en su «política fiscal justa». «Es una decisión importante que adoptó el Gobierno en aras a lo que creemos es una fiscalidad que ha de ser justa», afirmó la portavoz del Ejecutivo en funciones y ministra de política territorial, Isabel Rodríguez en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Tras el rechazo del tribunal a su recurso, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció que tramitará de urgencia una nueva ley para que la recaudación del impuesto a las grandes fortunas «quede en manos del contribuyente madrileño». «Evidentemente no vamos a quedarnos parados», subrayó tras criticar que «le den tanta independencia a algunas comunidades autónomas para hacer lo que les dé la gana y que Madrid no pueda hacer lo suyo con su propia fiscalidad».
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El Impuesto sobre las Grandes Fortunas fue aprobado en 2022 mediante una enmienda en la proposición de ley para introducir el impuesto extraordinario a los beneficios de la banca y las empresas energéticas con el objetivo de cubrir el coste de las ayudas por la guerra de Ucrania y la crisis energética. Aunque se trataba en su inicio de un impuesto temporal (solo se recaudaría en 2023 y 2024), la ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, ha avanzado la intención de hacerlo permanente si logran la investidura.
La voluntad del Gobierno con esta medida, según la portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Rodríguez, es poder tener un país más cohesionado socialmente, lo que precisa de una política fiscal justa. «Es en lo que hemos trabajado durante estos años y desearíamos seguir trabajando en los próximos en los próximos años», ha asegurado. En su acuerdo programático para formar un nuevo Gobierno, PSOE y Sumar se han comprometido a evaluar los resultados del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas con el objetivo de avanzar hacia una nueva tributación de la riqueza en el marco del modelo de financiación autonómica para acabar con la competencia fiscal desleal entre territorios. Lo que sí se fija en el acuerdo es la revisión de los gravámenes a banca y energéticas, con el objetivo de readaptarlos y mantenerlos una vez que expire su periodo de aplicación actual que acaba en 2024.
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El impuesto se aplica a partir de un patrimonio superior a los tres millones de euros, con un mínimo exento de 700.000 euros y otro de 300.000 euros si se tiene vivienda habitual, por lo que en la práctica no se paga si el patrimonio es inferior a cuatro millones; la tarifa impositiva que se aplica es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios de entre 5,3 y 10,6 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.
Se trata de un impuesto de carácter estatal complementario al Impuesto de Patrimonio que busca cobrar lo que no se paga en las comunidades autónomas donde está bonificado el tributo sobre patrimonio (Madrid y Andalucía lo tienen bonificado al 100%, Galicia al 50% y Murcia aplica un mínimo exento de 3.700.000 euros). Para evitar la doble imposición, en el Impuesto sobre las Grandes Fortunas se descuenta lo abonado en el impuesto sobre el patrimonio, pero mientras la recaudación por Patrimonio está cedida a las autonomías, la del Impuesto sobre Grandes Fortunas se la queda el Estado.
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También han interpuesto recurso contra el impuesto de solidaridad la Junta de Andalucía, La Xunta de Galicia y el Gobierno de la Región de Murcia, todos ellos del Partido Popular. El Constitucional explicita en la sentencia que esos procesos se resolverán aplicando la misma doctrina que en el de la Comunidad de Madrid.
Los votos particulares de los cuatro magistrados conservadores entienden que el recurso de Madrid debió ser estimado porque el tributo a las granmdes fortunas «vulnera la autonomía financiera y política de las comunidades autónomas», ya que con la «armonización» que busca el nuevo impuesto «se pretende neutralizar las bonificaciones en el Impuesto sobre Patrimonio». También consideran que se vulnera la seguridad jurídica ya que se aplica sobre el ejercicio de 2022 y entró en vigor el 29 de diciembre de 2022 «lo que ha impedido a los sujetos pasivos del impuesto ordenar sus relaciones económicas con tiempo suficiente».
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Aunque Hacienda calculaba que recaudaría 1.500 millones con este impuesto y que afectaría a más de 23.000 contribuyentes, la realidad es que se han ingresado 623 millones en 2023 que han abonado un total de 12.010 contribuyentes, solo el 0,1% del total de contribuyentes españoles. La cuota media a pagar por cada uno de ellos asciende a 52.000 euros.
El 85% de los contribuyentes del nuevo impuesto está en Madrid (10.302 contribuyentes) que han aportado el 95% de la recaudación del Impuesto de Solidaridad (555 millones); en Andalucía han tributado 865 personas un total de 29,7 millones; la recaudación en Galicia ascendió a 9,8 millones de euros; y en Cataluña 322 personas pagaron en conjunto dos millones de euros porque los tipos del Impuesto sobre Patrimonio en esa comunidad son inferiores a la tarifa estatal.
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El Impuesto de Solidaridad contra las Grandes Fortunas ha provocado la polémica política y muchas dudas jurídicas. La redacción original de la enmienda permitía deducirse la cuota teórica del Impuesto sobre Patrimonio (la que les correspondería pagar antes de aplicar las bonificaciones). Y aunque Hacienda negó que fuera un error, probablemente la intención era que se descontará la cuota líquida realmente pagada en Patrimonio. Un sistema similar al que se aplica entre el IRPF y Patrimonio, cuyas cuotas no pueden exceder el 60% de lo que se paga de IRPF.
Hacienda intentó resolver esta vía de escape en la orden ministerial que aprobaba el modelo de declaración, pero provocó la oposición del Consejo de Estado, que lo impidió. Habrá que esperar al nuevo Gobierno para saber si habrá endurecimiento de la norma.
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