Con la inminente llegada de la Campaña de la Declaración de la Renta 2024, es crucial tener en cuenta los diversos aspectos fiscales que afectarán a los contribuyentes, así como declarar la renta de forma adecuada en caso de tener dos pagadores o más ... .
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Uno de estos aspectos se centra en la posibilidad de deducir ciertos tipos de seguros, los cuales representan una oportunidad importante para optimizar la situación tributaria individual.
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En el momento de declarar la Renta es importante no cometer errores, ya que la Agencia Tributaria podría llevar a cabo sanciones contra los contribuyentes, que pueden alcanzar los 120.000 euros. Por esto mismo, es relevante prestar atención a aquellos seguros que se puedan deducir.
Seguro de vida: Se puede deducir si está vinculado a la hipoteca siempre que esta se haya firmado antes del 1 de enero de 2013. Además, los trabajadores dados de alta como autónomos pueden deducirse sus seguros de vida.
Seguro de hogar: Es necesario tener en cuenta que solo es posible si el seguro está vinculado a la hipoteca siempre y cuando esta se haya firmado antes del 1 de enero de 2013 y como máximo el 15%. También se lo pueden desgravar los propietarios de una vivienda en alquiler si se calcula dentro del rendimiento neto del inmueble. Del mismo modo, aquellos autónomos que trabajen en casa se pueden deducir una pequeña porción.
Seguro de salud e incapacidad: Los trabajadores por cuenta ajena solo están exentos de tributación si los paga la empresa. En el caso de los autónomos del régimen de estimación directa se puede deducir siempre que corresponda al ejercicio fiscal que se declara y con unos límites de 500 euros por cada persona de la familia, que podrán ascender a 1.500 en el caso de que exista alguna discapacidad.
Seguro de responsabilidad civil: Este tipo de seguro podrá deducirse siempre que esté asociado a la actividad profesional. Suele ser contrato por autónomos, por lo que este grupo de trabajadores deberá prestar especial atención.
Seguro de automóvil: Estos seguros pueden deducirse siempre que estén vinculados exclusivamente a la actividad laboral declarada.
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