Secciones
Servicios
Destacamos
Un 'whistleblower' significa literalmente el que usa un silbato para dar la alerta y Europa ha decidido dar un silbato a todos sus ciudadanos para que denuncien irregularidades y corrupciones en las empresas. El Congreso de los Diputados acaba de aprobar –el 28 de diciembre– ... la transposición de la directiva comunitaria de 'whistleblowing' que obliga a todas las empresas de más de 50 trabajadores a establecer un canal de denuncias.
A través de este canal, los trabajadores, accionistas, proveedores, directivos, contratistas, subcontratistas, empleados públicos o becarios podrán informar sobre infracciones cometidas por la empresa que supongan un quebranto para Hacienda o la Seguridad Social, que afecten a la competencia, a los intereses financieros de la UE, ayudas públicas, o a la seguridad y salud en el trabajo. Desde delitos fiscales hasta sobornos o corrupción, incluso absentismos encubiertos pueden ser comunicados a través de este canal que las empresas, ayuntamientos, sindicatos, organizaciones patronales, universidades y fundaciones que reciban fondos públicos deberán poner en marcha este año (en el primer semestre las que tengan más de 250 trabajadores y antes del 1 de diciembre las que tengan entre 50 y 250 empleados y los municipios de menos de 10.000 habitantes). Si no crean este canal o no tramitan correctamente las denuncias podrán ser sancionadas con hasta un millón de euros en caso de infracción muy grave.
En España está mal visto el 'chivatazo', pero el proyecto de ley recalca que «es deber de todos los ciudadanos que presencien la comisión de un delito denunciarlo» y que esta «actitud valiente tiene una clara utilidad pública». Recientes casos de corrupción fueron investigados gracias a una denuncia previa, aunque en ocasiones provocó consecuencias penosas para quien denunció, como reconoce el propio legislador. Por eso, la Unión Europea y ahora España legislan para amparar a los «informantes», que podrán comunicar de forma anónima y estarán protegidos de posibles represalias (despidos, intimidaciones, trato desfavorable), tanto ellos como sus familiares y compañeros en los dos años siguientes al fin de las investigaciones. La buena fe del que denuncia es un requisito indispensable, evidentemente no tendrán protección informaciones falsas o tergiversadas o las conseguidas de manera ilícita.
La protección alcanza también a las personas denunciadas que, evidentemente, mantienen la presunción de inocencia, la tutela judicial, la confidencialidad y la reserva de identidad, ante el riesgo de que la información sea falsa o haya sido manipulada. Pero se mantendrá el anonimato de quien denuncia.
Aunque la norma permite elegir entre un canal interno o externo, el Consejo General de la Abogacía expresa sus reservas a que las denuncias se hagan a través de canales internos de las empresas, ya que están obligadas a comunicarlas «de forma inmediata» a la Fiscalía si se refieren a un posible delito de la compañía y eso colisionaría con el derecho a no ser incriminado.
Las empresas o los municipios y otros obligados pueden optar por externalizar el canal de denuncias –el coste anual rondaría los mil euros– y también tener externalizado el responsable de su gestión. Infodenuncias.com es una empresa española que ofrece este canal de denuncias de forma externa garantizando el anonimato y la confidencialidad del denunciante, incluyendo la posibilidad de aportar pruebas escritas o de audio y de mantener un diálogo con el instructor de forma anónima. Francisca García-Sicilia Re, administradora de Infodenuncias.com, explica que «da más fiabilidad al denunciante una empresa externa que hacerlo desde la intranet de la propia empresa».
Infodenuncias.com permite también externalizar al gestor de las denuncias, que es quien debe tramitar la denunci. La norma da un plazo de siete días para informar a la empresa y tres meses para resolver: habrá denuncias que se puedan solucionar por la propia empresa y otras que deberán trasladarse al Ministerio Fiscal. La ley crea un nuevo organismo, la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), que será la encargada de vigilar e investigar de forma externa las denuncias en colaboración con el Ministerio Fiscal.
Los funcionarios de la Autoridad Independiente de Protección del Informante que investiguen tendrán la consideración de agentes de la autoridad. Concluidas las actuaciones, la AII emitirá un informe y decidirá el archivo o el traslado al Ministerio Fiscal o a la autoridad competente. El denunciante podrá decidir si realiza la comunicación de forma anónima o no, si lo hace verbalmente o por escrito, puede indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro donde recibir las comunicaciones de la AAI, conocer el estado de la tramitación de su denuncia y los resultados.
Desde hace años, en el mundo anglosajón se protege a los 'whistleblowers' y también han empezado a regularlo algunas comunidades autónomas pero siempre circunscritas las denuncias al ámbito público. Es el caso de Cataluña, la Comunidad Valenciana, Illes Balears, Navarra, Asturias o Andalucía, que han creado oficinas o agencias para prevenir e investigar el uso fraudulento de fondos públicos, el uso de información privilegiada o aprovechamientos ilícitos que comporten conflictos de interés. Con la nueva norma se da un paso más con el foco puesto en prevenir la corrupción, el fraude fiscal y a la Seguridad Social y proteger la libre competencia.
El proyecto de ley también contempla clemencia, como ya existe en las actuaciones de la CNMC, para aquellos infractores que informen de una irrregularidad y cooperen en su investigación. Se les podrá eximir de la sanción administrativa.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.