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Jueves, 12 de junio 2014, 19:08
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), heredero del Comité Español de Disciplina Deportiva, ha desestimado un recurso presentado por la atleta palentina Marta Domínguez, que consideraba incorrecta la decisión de la Comisión de Control y Seguimiento para la Salud y el Dopaje (CCSSD), dependiente del Consejo Superior de Deportes (CSD), de devolver su expediente a la Federación Española de Atletismo (RFEA), que se había inhibido en un primer momento para juzgar sus anomalías en el pasaporte biológico entre agosto de 2009 y enero de 2013, que indicarían dopaje.
Según la información publicada por el diario As, de ello se infiere que el órgano español consagra la vía internacional, y la considera adecuada para clausurar definitivamente el litigio. Cierra de este modo la nacional por su vertiente administrativa, a la que pretendía dirigirla el abogado de Marta Domínguez, José Rodríguez, que intentaba que se resolviera en el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), algo que también recomendaba la posterior resolución exculpatoria de la Federación presidida por José María Odriozola.
En la vía internacional es donde está ahora el expediente. La Federación Internacional de Atletismo (IAAF), que pide cuatro años de sanción, recurrió en abril al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en Suiza, la decisión de la Federación Española de no castigar a Marta.
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