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La temporalidad del sector público triplica la empresarial tras un año de reforma laboralAl hacer el balance de un año de vigencia de la reforma laboral, el Ministerio de Trabajo y Economía Social destacaba que la desaparición del contrato por obra o servicio ha propiciado que la temporalidad en el sector privado haya bajado siete puntos, hasta ... la menor tasa registrada nunca, con una repercusión especialmente beneficiosa para las mujeres y los jóvenes, así como en sectores como la agricultura y la construcción. La reforma consagraba el contrato indefinido como «el ordinario en España» y determinaba que para firmar un contrato temporal, éste debía tener «una causalidad profundamente motivada y restringida», en palabras de la ministra. Nada decía sin embargo de cómo ha evolucionado la eventualidad laboral en el sector público donde, en el caso de España se ha disparado y en el de Castilla y León, aún más.
El empleo público se ha convertido en el auténtico protagonista de la recuperación desde la irrupción de la pandemia de covid. Los números no cesan de crecer y lo hacen cada vez más:en el cuarto trimestre de 2019 había en la comunidad 195.700 ocupados al servicio del Estado, la Junta o los Entes Locales y un año después eran 201.000, según datos de la Encuesta de Población Activa. El año 2021 terminó con 202.000 y en el último trimestre del año pasado la cifra escalaba hasta la nunca vista cifra de 220.500.
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Ángel Blanco Escalona
Dentro de los asalariados a sueldo de la Administración se han incrementado tanto los indefinidos como los temporales, pero los segundos en mucha mayor medida que los primeros. Quienes contrato de duración indefinida han pasado (entre 2019 y 2022) de 139.600 a 146.700, que es la mayor cifra desde 2012 pero sigue lejos del máximo histórico, que se registró en 2011 con más de 167.000 personas.
Las asalariados públicos con contrato temporal sí se encuentran en zona de récord absoluto. Son 73.700 personas, doce mil más que un año antes; diecisiete mil más que en 2019; treinta mil más que en 2017;casi cuarenta mil más que en 2012.
Es tal la dimensión de la temporalidad en el sector público de Castilla y León que uno de cada tres ocupados en él son eventuales y la cifra absoluta, 73.700 personas, es casi idéntica a la de temporales que hay en el sector privado (74.600) con un volumen de ocupados tres veces mayor.
En tasa, la eventualidad pública casi triplica la que se registra entre las empresas privadas:33,4% la primera y 12,2%la segunda. Esta diferencia es, además, mucho más abultada que la que se produce en el conjunto de España, donde hay menos temporalidad en lo público y más en la privada, con una relación de 30,2% a 14,8%, es decir el doble,
La precariedad laboral que lleva aparejada un contrato temporal, además, afecta a las mujeres más que a los hombres cuando el empleador es el sector público, al igual que sucede en el caso de la empresas. Así, ese 33,4% de tasa de temporalidad escala hasta el 38,1% entre ellas (tres puntos más que en la media del país) mientras que se reduce al 27,1% entre ellos (casi cuatro puntos más que en toda España).
Un vistazo a lo que sucede en otras comunidades autónomas pone de manifiesto que Castilla y León (que tiene una temporalidad en el sector público tres puntos por encima del promedio nacional) está a medio camino de lo que sucede en Cataluña (24%) o Andalucía (27%) como de la tasa del País Vasco, que con un 43,9% rompe todos los registros.
La temporalidad no impregna las tres Administraciones por igual. En la del Estado (AGE) es notablemente menor que la que se da en la Autonómica y en la Local. En el caso de la Junta de Castilla, los sindicatos llevan años denunciando que se abusa de la contratación temporal, en especial en los ámbitos educativo y sanitario, con las negativas consecuencias que tiene para el ciudadano y la calidad de los servicios públicos.
En cuanto a la temporalidad del empleo que depende de ayuntamientos y diputaciones, un análisis realizado por la Red Local de Administración Pública, de la que forman parte profesores e investigadores universitarios y profesionales del mundo local identifica su cronificación por una serie de factores.
En primer lugar, por la obligación de aplicar continuamente una legislación no pensada para ella, sino para el Estado y las comunidades; en segundo, la asunción de la responsabilidad de prestar cada vez un mayor número de servicios públicos sin un estudio previo del coste de su implantación;y el asiduo recurso a instrumentos de prestación de servicios públicos financiados con fondos finalistas de carácter externo.
También por la congelación de las ofertas de empleo público, ya que durante años «las Administraciones ofertaban plazas que luego no convocaban, bien por cambiar las prioridades de las plazas que se necesitaban, bien por el coste material y personal de desarrollar los procesos o bien porque las acumulaban».
En el documento 'El futuro del empleo público local. Especial referencia a la temporalidad y acceso', admiten que «no es posible prescindir de las figuras temporales, pero sí hay que velar por que no se cometan abusos».
Proponen un cumplimiento taxativo de la Ley 20/2021, que establece la duración de los nombramientos temporales: tres años como máximo en las vacantes que no puedan ser cubiertas por funcionarios de carrera; el tiempo estrictamente indispensable en las sustituciones;y también tres años cuando se trata de ejecutar programas de carácter temporal.
Recuerdan que la temporalidad es precariedad y tiene consecuencias en la eficacia del trabajo y en la calidad de vida de los trabajadores y advierten de que La Unión Europea está diseñando un modelo de empleo público, una tarea que debería ser responsabilidad del legislador español.
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