![El Procurador plantea imponer una distancia de 200 metros entre crematorios y viviendas en Castilla y León](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202104/17/media/cortadas/GF4Z4FW1%20(1)-kVsD-U14086116172cLH-1248x770@El%20Norte.jpg)
![El Procurador plantea imponer una distancia de 200 metros entre crematorios y viviendas en Castilla y León](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202104/17/media/cortadas/GF4Z4FW1%20(1)-kVsD-U14086116172cLH-1248x770@El%20Norte.jpg)
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Las dos últimas quejas que ha investigado el Procurador del Común, Tomás Quintana, sobre hornos de incineración vinculados a tanatorios junto a viviendas las centran dos instalaciones en Zamora capital y la localidad burgalesa de Salas de los Infantes. Los vecinos ponen de manifiesto las molestias que podrían causar los humos y en ambos casos el Procurador reconoce que los ayuntamientos han actuado conforme a la legislación vigente al autorizar su puesta en marcha, tras recabar informes y pedir la subsanación de deficiencias, porque el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, modificado por la Junta, flexibilizó en 2016 las exigencias para la apertura de tanatorios y crematorios.
«No existe en la actualidad ninguna norma autonómica que exija una distancia mínima respecto a las viviendas más cercanas», recoge el Procurador del Común en las resoluciones de Zamora y Salas. Sin embargo, Quintana recuerda a la Junta que hay una Guía de Consenso sobre Sanidad Mortuoria, aprobada por la Comisión de Salud Pública para servir de orientación a las autonomías, que recoge que no debe haber «núcleos poblacionales o espacios vulnerables en el radio de 200 metros a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio». En esta etiqueta de 'espacio vulnerable' encajan parques infantiles, centros sanitarios, residencias de mayores o instalaciones deportivas.
El crematorio que suscitó la queja de vecinos de Zamora, con licencia para efectuar hasta 350 servicios anuales, está ubicado a 83 metros de un centro comercial; a 109 del edificio de la banda de música; a 168 de vivienda; a 179 de un parque infantil; a 282 de pistas de baloncesto; a 271 de una guardería; a 293 de un hospital, 330 de un centro de salud y 304 de una residencia de ancianos. Los críticos con la instalación remarcaban, según recoge la resolución de Quintana, que era el tercer horno mortuorio en un radio de 5 kilómetros. Algo que no tiene peso en la tramitación del expediente, porque la normativa en vigor no aborda la posible concentración instalaciones de este tipo.
El promovido en Salas de los Infantes está ubicado en la margen de la N-234 y tiene viviendas en sus proximidades. Está planteado con una capacidad más modesta. La autorización contempla un máximo de 50 cremaciones al año.
Tomás Quintana plantea al Gobierno que preside Alfonso Fernández Mañueco impulsar el cambio normativo sobre la exigencia de distancia mínima respecto a futuros hornos, puesto que se trata de una actividad «molesta», y también le pide que redoble el control sobre su funcionamiento en lo que respecta a las limitaciones que la licencia recoge para las emisiones de humos y el control de posibles contaminantes. En este caso, «ácido clorhídrico, particulas varias, mercurio, carbono orgánicos, dioxinas y furanos».
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