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«Hoy no hay duda de que la discapacidad debe ser considerada a la hora de establecer las cargas tributarias, por sus consecuencias económicas subjetivas ... directas o indirectas que afectan al principio de capacidad económica». Es una de las frases que figuran en la resolución que el Procurador del Común de Castilla y León, Tomás Quintana, ha dirigido a la Junta en relación con el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en la que pide más ventajas fiscales para los ciudadanos de la comunidad que pertenecen a ese colectivo.
El Defensor autonómico señala que el artículo 49 de la Constitución «prevé una especial protección en favor de las personas con discapacidad física, psíquica y sensorial», para las que pide «una discriminación positiva», «obligando a los poderes públicos a un tratamiento desigual de situaciones desiguales como vía para lograr la igualdad material» prevista en ese precepto. De ahí que haya un trato fiscal más favorable para ellas «en, prácticamente, todos los impuestos del Sistema fiscal español», y en particular en el IRPF.
Pese a ello, Tomás Quintana constata en su escrito que «seguramente resulte todavía insuficiente debido a los cuantiosos gastos que soportan» como consecuencia de su condición. Lo confirma Fran Sardón, el presidente de Cermi Castilla y León (Comité Autonómico de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad), quien asegura que los «alrededor de 300.000 habitantes» de la región que están en esta situación hacen frente a «un sobrecoste del 25%» en su día a día en comparación con el resto de la población. «Hay una serie de gastos que hay que asumir y que no siempre cubren los sistemas de protección públicos, desde gastos médicos a material ortoprotésico, como sillas de ruedas, bastones, andadores, etc.», enumera.
No es el único desembolso adicional al que se enfrentan. Uno de los más cuantiosos son las obras de adaptación de sus viviendas, «que ninguna ayuda te cubre al 100%, en absoluto», relata Sardón, quien añade que «desplazarte también es más caro, porque muchas veces es casi imposible utilizar el transporte público y tienes que usar el privado». A esto se une, por poner otro ejemplo, que deben recurrir a alojamientos de un precio superior al deseado para los viajes de trabajo o de vacaciones porque «no puedes ir a un hostal, ni siquiera a un hotel de tres estrellas, tienes que ir a uno de cuatro porque son los que son accesibles, y lo que te cuesta de más no te lo soporta nadie», esgrime.
A esto se suma que el colectivo tiene más dificultades para acceder a un empleo «a pesar de que actualmente una persona con discapacidad tiene y hay que exigirle la misma eficiencia laboral que a cualquier otro trabajador, siempre y cuando le pongamos los medios necesarios para que lo pueda desempeñar en igualdad de condiciones», defiende el presidente de la plataforma que agrupa a las asociaciones más representativas del sector. De hecho, «el desequilibrio es tal» que la tasa de paro de este grupo duplica la media, con lo que ello supone de merma en los ingresos de los afectados. De ahí que Fran Sardón vea con muy buenos ojos el posicionamiento del Alto Comisionado de las Cortes : «Desde Cermi Castilla y León aplaudimos esta resolución del Procurador del Común», sentencia.
El Defensor autonómico ha atendido «una iniciativa ciudadana concreta para mejorar en el ámbito de esta Comunidad Autónoma la protección de las personas con discapacidad en la liquidación del IRPF», que tiene como punto de partida la deducción autonómica de 300 ó 656 euros, según el caso, que contempla el artículo 6 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, aprobado por Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre. Un beneficio fiscal que solo podía aplicarse si el contribuyente disponía de cuota íntegra suficiente.
En contraste con esto, «las denominadas deducciones familiares recogidas en los artículos 3 a 5 (por familia numerosa, por nacimiento o adopción y por cuidado de hijos menores) generadas en un ejercicio económico, que no se hubieran podido aplicar por falta de cuota íntegra suficiente, podían ser trasladadas a los tres periodos impositivos siguientes, solicitando el sujeto pasivo su correspondiente abono», detalla el Procurador. «La propuesta expuesta en este expediente reside, precisamente, en la necesidad de establecer esta misma posibilidad para las personas con discapacidad», continúa el documento.
Esa ventaja fue eliminada para todos por la disposición derogatoria segunda de la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León. Tomás Quintana considera que «ello no impide, sin embargo, cuestionar que no se hubiera establecido en su momento» la misma previsión, «o que se pueda y deba establecer ahora». «Parece aconsejable, por ello, revertir aquella situación y analizar la posibilidad de que las personas con discapacidad puedan acogerse en la actualidad al referido abono de la deducción autonómica en el IRPF en periodos impositivos posteriores, para avanzar así hacia un desarrollo integral de su fiscalidad», zanja.
Fuentes de la Consejería de Economía y Hacienda confirman que esta reclamación «se está estudiando», pero al mismo tiempo recuerdan que «la Junta ya está aplicando un tratamiento más favorable en la fiscalidad de las personas con discapacidad en todos los impuestos sobre los que tiene competencias normativas: IRPF, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como en las tasas de la comunidad». Junto a esto, añaden que «en el ámbito concreto de las deducciones autonómicas en el IRPF, Castilla y León es la comunidad con los importes más elevados en la deducción para contribuyentes con discapacidad» y que «solo la mitad de las autonomías tienen una deducción por esta circunstancia».
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