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Produce rechazo. Las personas son reticentes a detallar y firmar un documento que defina los cuidados a percibir al final de la vida en el caso de no estar en condiciones mentales de decidir llegado el momento. Hacer testamento vital cuando se está perfectamente sano y uno no quiere mirar el camino más negro de la vida resulta muy difícil para la mayoría de las personas.
Dejar unas instrucciones a los allegados sobre lo que se desea que se haga no solo con los órganos y el cuerpo en caso de fallecimiento sino con el tratamiento médico si la persona ya no es capaz de expresarlo personalmente, facilita a la familia dar estos pasos duros. Dejar por escrito, por ejemplo, si se admite la reanimación cardiopulmonar con una enfermedad no reversible o la desconexión o alimentación artificial cuando ya no hay posibilidades de vivir facilita cumplir con los deseos del interesado. Las instrucciones previas, obviamente dentro de la legalidad vigente, permiten definir estas y otras cuestiones cuando la cabeza mantiene toda su capacidad por si llegara un daño cerebral irreversible, un tumor maligno avanzado, enfermedad degenerativa u otros supuestos.
Los especialistas apuntan a que el ser humano evita hablar de la muerte, de la enfermedad, es un tabú, y también hay un claro desconocimiento de cómo dejar, bajo firma, las últimas voluntades. Tal posibilidad y su registro compartido por todo el sistema sanitario nacional es una realidad desde 2003 pero hasta 2008 ha estado sin desarrollar.
La inscripción de estas voluntades en el Registro de Instrucciones Previas de Castilla y León ha mantenido una tendencia al alza hasta el año de la pandemia. Las restricciones y el confinamiento redujeron estos documentos en un 38% hasta los 1.122. Sin embargo, el segundo año del coronavirus, la cierta vuelta a la normalidad ha permitido remontar tal posibilidad y se ha recuperado creciendo un 23,6% hasta los 1.378 nuevos documentos. Desde 2008 son 15.339 los documentos registrados en al comunidad.
En la mayoría de las provincias aumenta el número de documentos de instrucciones previas registrados; aunque lo han hecho de forma muy elevada Burgos (86,8%) y Zamora (83,3%).
Valladolid, León y Burgos son las provincias, por este orden, donde más personas se deciden a hacer este testamento con el 25,1%, 18,8% y 18% de los inscritos, respectivamente.
Hay tres procedimientos legalmente previstos para la formalización estas voluntades anticipadas. Pueden realizarse ante notario, testigos o ante personal al servicio de la Administración. Es esta última opción la preferida por los otorgantes desde que comenzaran a emitirse. Suponen el 61,5% con respecto al total (853 documentos en 2021), seguidos de los que se formalizaron ante testigos (21,3%) y los que se realizaron ante notario (17,2%). Con respecto al año anterior, ha aumentado el número que se han suscrito ante los preceptivos tres testigos.
Las mujeres son las que han realizado más testamentos vitales, algunos años prácticamente duplican la demanda masculina y en el acumulado desde el año 2008 suponen el 64,5% (con 9.886) frente al 35,5% de los varones (5.453). En 2021 firmaron tales instrucciones 916 mujeres frente a 471 hombres. La explicación a tal diferencia viene marcada por el hecho de que es más habitual que la mujer sea la cuidadora de padres, hijos o hermanos con problemas graves de salud. «Ver de cerca estas situaciones sensibilizan más y hacen reflexionar sobre la necesidad de tomar las propias decisiones mientras se pueda», apuntan fuentes sanitarias.
En cuanto a la edad media de las personas que han inscrito un documento en el registro desde su puesta en marcha es de 59,7 años. Crece marcadamente a partir de la cincuentena y se dispara entre los sexagenarios, luego vuelve a descender. Hay casos desde los 18 años.
Para que un documento de instrucciones previas se considere como tal debe contener indicaciones sobre los cuidados o tratamientos médicos que se aceptarían o rechazarían en determinadas situaciones clínicas, en general con un pronóstico irreversible y que evolucionará hacia la muerte en un periodo más o menos cercano, y también puede incluir indicaciones sobre el destino del cuerpo o de los órganos una vez llegado el fallecimiento. Tal y como recoge la Consejería de Sanidad.
En el pasado ejercicio, la mayoría de los documentos recogían de manera conjunta instrucciones tanto de tratamiento médico como para el destino de órganos y cuerpo. Ambas indicaciones figuran en el 80% de los casos y en el 19,4% solo se especifican los cuidados clínicos. Lo más habitual es detallar que no se apliquen técnicas sanitarias o tratamientos que prolonguen artificialmente la vida cuando a juicio del médico no haya expectativas de recuperación o sobre si deben adoptarse medidas para paliar el sufrimiento. Unos pocos documentos, el 0,3%, solo describen qué hacer al fallecer si donar a la ciencia el cuerpo o el cerebro para investigación o aprendizaje de estudiantes
El documento puede en cualquier momento modificarse o anularse. En 80 documentos en el año 2021 y en 460 desde 2008 se sustituyó por instrucciones nuevas y en 52 casos, desde 2008, se revocaron, doce el año pasado.
También, de oficio, Salud Pública ha dado de baja 1.337 documentos de personas han fallecido.
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