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El nuevo reglamento taurino propone limitar a 30 minutos los encierros urbanos
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El nuevo reglamento taurino propone limitar a 30 minutos los encierros urbanosSilvia G. Rojo
Lunes, 18 de marzo 2024, 18:45
El nuevo reglamento de espectáculos taurinos y escuelas taurinas de Castilla y León surge de la «necesidad». Así lo reconoce la directora general de Protección ... Civil y Emergencias, Irene Cortés, quien recuerda que la normativa actual, tres decretos y tres órdenes, tiene 25 años. «En este tiempo ha pasado de todo, hemos visto que hay que evolucionar con el paso del tiempo si queremos preservar el arte de la tauromaquia, hacerlo compatible con la realidad que nos rodea».
El Boletín Oficial de Castilla y León publica este lunes el inicio del plazo de audiencia del nuevo texto en esta materia que «unifica toda la normativa taurina de Castilla y León en un mismo documento, un decreto de 212 artículos que incluyen festejos populares, formales, escuelas o los nuevos festejos que se van a incluir».
Las premisas de las que parte son la «seguridad, calidad, simplificación y bienestar animal» y en este sentido Cortés, cuya dirección general forma parte del organigrama de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, insiste en que su obligación es la de preservar la seguridad «tanto de las reses, como del público o las instalaciones, eso no estaba hasta ahora en el reglamento, simplemente se ajustaba al código técnico de edificación».
De manera general se ha apostado por la simplificación, «algo importantísimo de cara a los organizadores, ya sean entidades locales o empresas, se simplifican los trámites, hasta ahora muy engorrosos con cantidad de papeles y en muchas ocasiones repetidos».
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Por otra parte, el concepto de bienestar animal «se introduce desde un punto de vista positivo, es algo que interesa a todo el mundo, cuanto mayor sea el bienestar, menos trabas para el espectáculo».
A partir de ahora, se manejará un una nueva definición de ciclo de festejos para referirse al conjunto de espectáculos taurinos que se van celebrando en una misma localidad de forman sucesiva, pero la novedad es que la interrupción que se contempla es de un día como máximo.
Se prohíbe, además, utilizar reses ya lidiadas, algo que sucede con reses, sobre todo, que provienen de la Comunidad Valenciana, y se facillita un nuevo modelo normalizado de solicicitud para todos, que se completa de manera telemática.
En el capítulo de seguros se aumenta la responsabilidad civil en 50.000 euros, hasta los 150.000, «algo que nos han pedido casi todos los organizadores», explica, y esto afecta a las plazas permanentes, no permanentes o de esparcimiento, las conocidas como plazas de tientas.
También se incrementan los seguros por fallecimiento, invalided absoluta o asistencia sanitaria y «lejos de parecer algo negativo es positivo, es seguridad para los organizadores», sostiene.
La directora general se muestra convencida de que este nuevo reglamento es «muy abierto, da muchas posibilidades a aquellos que quieran celebrar un festejo». Por ejemplo, las pruebas de cualquier fase de un bolsín taurino pueden celebrarse en una plaza de esparcimiento (las que se asientan en fincas, sin ir más lejos), algo que hasta ahora no era posible. De ese modo, ese tipo de construcciones también entrarán en el registro de plazas de toros, algo que no sucedía.
Espectáculos taurinos formales
El título segundo de este decreto se dedica a los espectáculos taurinos formales, donde se enumeran y definen los permitidos, con inclusión de nuevos espectáculos, como los forcados, dando respuesta a la demanda de la afición taurina imperante. Se recoge el régimen de autorización de los espectáculos, con reducción significativa de la documentación a presentar y su sustitución por una declaración responsable, se revisan y detallan las condiciones médico-sanitarias y se potencia la figura y actuación de los veterinarios, en pro del bienestar animal de las reses utilizadas para la lidia. En este mismo título, se recogen los derechos y deberes del público asistente y el régimen de permanencia de personas en los callejones, de manera exhaustiva en garantía de la seguridad del espectáculo.
Asimismo, el reglamento detalla aspectos relacionados con el desarrollo de la lidia, regulando la indumentaria de los profesionales, el sorteo de las reses, la composición mínima de las cuadrillas o un nuevo régimen del indulto a la res. Así, en el supuesto de que la res, cuyo indulto se solicita, no hubiera acudido un mínimo de tres veces al caballo, una vez que concurran las circunstancias de petición, el Presidente paralizará el tiempo de la faena de muleta y el picador de turno, que hubiera realizado la suerte de varas, hará acto de presencia nuevamente en el ruedo, para comprobar la acometividad de la res por una única vez, señalándose, ahora, el puyazo con el regatón de la parte posterior de la vara o con puya de tientas de hembras que aporte la cuadra de caballos contratada. A la vista de lo que acontezca, decidirá la Presidencia.
Con la nueve ley, en el caso del rejoneo, los erales desaparecen de este tipo de festejos y se contemplan solo utreros «para mejorar la calidad del espectáculo». Precisamente, será en los festejos de rejoneo donde tengan cabida los forcados, «algo que nunca se había querido incluir y el sector lo demandaba».
Se abre una nueva categoría, la de los festejos experimentales, como posibilidad para probar útiles, superficies, determinadas instalaciones o sonido. Suelen ser a puerta cerrada pero se exige igualmente autorización con tres meses de antelación.
En lo que respecta a las condiciones médico sanitarias, se permitirán las enfermerías móviles en plazas permanentes y se diferenciará el equipo médico en función de si la lidia es con toros o novillos, lo que requerirá más especialistas en el primer caso. En cuanto a los bolsines, se reduce el equipo y pasa de dos médicos y dos enfermeros a un médico y un enfermero.
Espectáculos taurinos populares
El título tercero se destina a los espectáculos taurinos populares, con destacables novedades, al incorporar nuevos tipos de festejos que ahondan en la reducción de costes y cargas administrativas y que dan respuesta a la afición taurina, además de revisar los requisitos exigidos para la autorización del festejo, bajo la óptica de la seguridad en su desarrollo.
Se recogen, asimismo, medidas de protección para los intervinientes, con una revisión de las condiciones mínimas médico-sanitarias, diferenciando su nivel de exigencia en función de la peligrosidad del festejo, e incluyendo disposiciones para el desarrollo de los festejos en función de su hora de celebración y diversa tipología. Destaca la potenciación del bienestar animal de las reses utilizadas en estos festejos populares, potenciando la labor del equipo veterinario y recogiendo medidas de protección de los animales, tanto en tiempo de duración máximo del festejo, como de edad máxima de las reses, como el tiempo máximo de su permanencia en el lugar de celebración. Por último, se especifica y aclara el régimen de la figura del delegado de autoridad, con las debidas condiciones para salvaguardar el buen desarrollo del espectáculo.
Con el nuevo decreto aparecen nuevos tipos de espectáculos que permiten nuevas combinaciones, por ejemplo, un encierro mixto y una capea o un concurso o exhibición de cortes que incluye desencierro como parte del espectáculo.
Se prohíben de manera expresa los encierros mixto y de campo cuando son nocturnos y en cualquier caso, tendrán una duración máxima de 90 minutos. Lo encierros urbanos tendrán un límite de 30 minutos.
En todos los encierros es obligatorio despuntar a los toros, a no ser que se vaya a celebrar una corrida posterior.
Entre las novedades, en el caso de las capeas, los toros tendrá una edad comprendida entre uno y seis años y las hembras entre uno y doce. En función de si son diurnas o nocturnas variará el equipo médico y el seguro, y la duración máxima será de 120 mintuos, con 20 mintos por res como máximo.
Los concursos de cortes solo serán con machos, siempre despuntados, de uno a cuatro años, aunque en este caso, la administración es consciente de que se van a hacer alegaciones para que se eleve la edad hasta los seis años. También el tiempo máximo por animal serán 20 minutos y las exigencias sanitarias serán las máximas contempaldas. Las exhibiciones de cortes serán con hembras de uno a doce años y despuntadas.
Las capeas con obstáculos se harán con hembras de uno a dos años, con materiales certificados que no causen daño al animal , con un máximo de una res en la plaza y doce participantes.
En cuanto a los festejos populares mixtos el requisito es que se celebren de forma consecutiva con un máximo de 120 minutos, están admitidas todas las combinaciones posibles, y requerirá para su celebración de una única autorización, un único equipo médico, veterinario o seguro.
Escuelas taurinas
El título cuarto se destina a las Escuelas Taurinas en Castilla y León, recogiendo su régimen de autorización y funcionamiento, incrementando la edad del alumnado (hasta 23 años), recogiendo de manera exhaustiva el régimen de las clases prácticas, con especificación de las condiciones médico-sanitarias, de la edad de las reses, con revisión del plan de formación, entre otros aspectos.
Cierra el decreto el título quinto, destinado al régimen sancionador de los espectáculos taurinos en el que la figura del presidente asume la responsabilidad y se incrementan ligeramente las sanciones económicos.
Irene Cortés concluye que su competencia es la de la seguridad «para todo el mundo que participa» y se ha pensado en todas las partes.
Desde el martes, 19 de marzo, y hasta el próximo 3 de abril, se podrán hacer alegaciones a este texto en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León.
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