La Ley de Caza de Castilla y León recoge en su anexo I las especies consideradas cinegéticas, es decir, aquellas que se pueden cazar.
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A continuación, el listado completo de especies que se pueden capturar, siempre ateniéndose a los días y periodos hábiles para ejercer esta actividad.
Codorniz común (Coturnix coturnix).
Perdiz roja (Alectoris rufa).
Faisán (Phasianus colchicus).
Ánsar o ganso común (Anser anser).
Pato cuchara (Anas clypeata).
Ánade friso (Anas strepera).
Ánade silbón (Anas penelope).
Ánade real o azulón (Anas platyrhynchos).
Cerceta común (Anas crecca).
Paloma bravía (Columba livia).
Paloma zurita (Columba oenas).
Paloma torcaz (Columba palumbus).
Tórtola común o europea (Streptopelia turtur).
Focha común (Fulica atra).
Avefría (Vanellus vanellus).
Becada (Scolopax rusticola).
Agachadiza común (Gallinago gallinago).
Agachadiza chica (Lymnocryptes minimus).
Urraca (Pica pica).
Corneja (Corvus corone).
Estornino pinto (Sturnus vulgaris).
Zorzal real (Turdus pilaris).
Zorzal alirrojo (Turdus iliacus).
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Zorzal común (Turdus philomelos).
Zorzal charlo (Turdus viscivorus).
Zorro (Vulpes vulpes).
Liebre europea (Lepus europaeus).
Liebre ibérica (Lepus granatensis).
Liebre de piornal (Lepus castroviejoi).
Conejo (Oryctolagus cuniculus).
Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero.
Jabalí (Sus scrofa).
Ciervo o venado (Cervus elaphus).
Gamo (Dama dama).
Corzo (Capreolus capreolus).
Rebeco (Rupicapra pyrenaica parva).
Cabra montés (Capra pyrenaica victoriae).
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Muflón (Ovis gmelini).
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