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La consejera de Educación, Rocío Lucas, en su última comparecencia en las Cortes. Ical
Un juez reconoce el derecho de una profesora de carrera a la excedencia fraccionada
Educación

Un juez reconoce el derecho de una profesora de carrera a la excedencia fraccionada

Condena a la Junta por «trato desigual» respecto a las trabajadoras laborales que ya disfrutan de este derecho

Antonio Corbillón

Valladolid

Martes, 15 de noviembre 2022, 12:57

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Valladolid ha reconocido el derecho de una docente de Ávila al disfrute fraccionado de la excedencia por cuidado de hijos. Este fallo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la afectada contra una resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación del pasado 15 de febrero de 2022 que desestimaba su solicitud de disfrute fraccionado de la excedencia por cuidado de un hijo menor de tres años. A la docente afectada le fue rechazado varias veces su petición de un segundo periodo de excedencia a partir del uno de septiembre de 2021, y el tribunal ha condenado a la Junta a reconocer ese derecho de excedencia reclamado.

Educación alegó que la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que «el periodo de excedencia será único por cada sujeto causante». La profesora afectada no discutía esta norma sino la opción de disfrutarla por periodos siempre que desde la fecha de comienzo y el final «no se haya superado el tiempo máximo que establece la norma», que en este caso son tres años.

El juez rebate los argumentos de la Junta y le recuerda que «el punto de partida ha de ser la protección a la familia, mandato constitucional inequívoco y muy frecuentemente desconocido por las Administraciones públicas», a las que reclama que «ante las nuevas necesidades que se van detectando debe adoptar decisiones audaces, eficaces y consideradas».

La sentencia también recuerda que el Estatuto de los Trabajadores ya recogía el derecho a ese disfrute fraccionado para los laborales de la Administración, por lo que «no hay justificación objetiva a semejante trato desigual» entre empleados públicos en régimen laboral y los de régimen funcionarial. En la vista oral, ya testificó otra funcionaria de la Junta que sí disfrutó de esa excedencia que dividió en hasta seis periodos distintos.

Sin recurso

La denuncia fue presentada desde el sector de Educación del sindicato CSIF. Su presidenta, Isabel Madruga, recuerda que «se nos acumulaban muchas preguntas sobre los derechos de los docentes en cuestiones de conciliación y maternidad». Derechos que sí se aplican en otras consejerías pero que se negaban en Educación con el argumento de que «distorsionaba la práctica docente y complicaba las sustituciones de las peticionarias». Fuentes de la Junta, reconocen que no se ha recurrido el fallo y que «a partir de ahora se permitirá el disfrute fraccionado a quienes lo soliciten».

Madruga celebra una sentencia «que es muy importante, ya que es la primera de este tipo en Castilla y León».Desde esta central sindical lamentan que la Junta haya obstaculizado la petición, en lugar de dar a los docentes el mismo trato que tienen otros empleados públicos en la conciliación laboral y familiar. Y recuerdan que también tuvo que ser un juzgado el que reconociera el derecho de los varones al derecho al disfrute de la excedencia por lactancia. El fallo también condena a la Consejería de Educación al pago de las costas judiciales.

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