![Iñaki Urdangarin, con su familia, la pasada Navidad.](https://s3.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202003/05/media/cortadas/GF4AF0Y1-kNVC-U100408464049OtC-624x385@El%20Norte.jpg)
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El juez de vigilancia penitenciaria ha estimado el recurso planteado por Iñaki Urdangarin contra la decisión de la junta de tratamiento de la prisión de Brieva -que le había negado el régimen de flexibilidad que había solicitado sobre el argumento del tiempo de ... condena pendiente-, y le concede el régimen de flexibilidad para que pueda salir varios fines de semana al mes y pernoctar en el domicilio que elija. Sin embargo, esta resolución, a la que ha tenido acceso El Norte de Castilla, precisa que la medida no tiene un efecto inmediato, sino que tendrá que ser la Audiencia de Palma la que la corrobore y establezca la ejecución de la misma.
La decisión del magistrado Florencio de Marcos Madruga de conceder la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario (el mismo que se aplica a los condenados del procès en Cataluña) se fundamenta en que «lo relevante en este caso no es el tiempo de cumplimiento de condena» que lleva el marido de la infanta Cristina en el centro penitenciario de Brieva (Ávila), sino «las restricciones de vida ajenas al régimen que corresponde al interno, como si lo extraordinario fuera la norma«. Se refiere el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria I de Castilla y León con sede en Valladolid a que el cuñado del Rey está en situación de aislamiento en el penal de mujeres abulense, y que ello, como ya dijo en anteriores sentencias, no es una condición voluntaria sino impuesta por la administración para proteger la vida del interno y garantizar su seguridad. Sin embargo, indica, «la Administración no ha articulado medida alguna tendente a evitar la desocialización de la pena. El proceder de la Administración tendría sentido en el caso de un interno peligroso o con riesgo de fuga, que no es el caso«, puntualiza en su resolución.
«Está en una situación de absoluta excepcionalidad a considerar, pues en nuestra historia penitenciaria solo se han dado cuatro casos», subraya el magistrado De Marcos.
Precisa, respecto del efecto de esta resolución, que la estimación del recurso de urdangarin no tiene «efectos ejecutivos inmediatos, sino que ha de esperarse que sea firme y el eventual recurso de apelación (que con toda probabilidad recurrirá el fiscal) lo conocerá la Audiencia de Palma y no la de Ávila, «ya que en el ámbito de la ejecución de las penas tiene que decidir el tribunal sentenciador».
Urdangarin, condenado por el caso Nóos, tiene concedidas salidas de dos días semanales para su trabajo voluntario en el Hogar Don Orione de Pozuelo (Madrid) y permisos ordinarios «pero no palían, cada dos meses, las severas restricciones que no responden a la conducta del recurrente que pudiera justificar la situación de soledad a la que se sujeta«, concluye el juez.
El auto, sin embargo, rechaza la petición del cuñado del Rey de poder desplazarse de manera excepcional a Ginebra, lugar de residencia de su esposa e hijos, durante alguna de las salidas de fin de semana o permisos. El juez le recuerda que está cumpliendo una pena privativa de libertad.
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M. J. Pascual
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