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El Ministerio de Sanidad ha aclarado este martes la situación fronteriza con Portugal respecto a los posibles controles médicos debido a la covid.
«Respecto a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, aclarar que las personas procedentes de Portugal a España por la frontera terrestre no se ven afectadas por la Resolución en la que se establecen dichos controles. Esto es, no están obligados a presentar certificado de vacunación, diagnóstico o recuperación», han informado fuentes de Sanidad.
Se trata de una decisión de común acuerdo entre España y Portugal, y la legislación europea avala que las relaciones transfronterizas se traten «de manera singular».
A partir del pasado lunes, 7 de junio, para acceder a España se requiere el Certificado de Vacunación o de Recuperación, y se han ampliado las pruebas diagnósticas que se aceptarán, sumando a las PCR, los test de antígenos.
Las personas que quieran acceder a España tendrán que cumplimentar, como hasta ahora, el formulario de control sanitario a través de la aplicación Spain Travel Health (SpTH). Además, aquellos que procedan de un país o zona de riesgo tendrán que adjuntar la documentación correspondiente a alguno de los certificados o pruebas mencionadas anteriormente. Estas zonas de riesgo se actualizan semanalmente.
En los puertos y aeropuertos se establecerán dos puntos de control. Quienes procedan de países o zonas no incluidas en la relación de países de riesgo tendrán acceso a un control rápido con el código QR obtenido a través de SpTH. Además, una vez entre en vigor el Certificado Covid Digital UE, quienes sean poseedores de este documento tendrán también acceso a este control rápido.
Por otro lado, quienes procedan de zonas que sí están incluidas en la relación de países de riesgo tendrán que someterse a un control documental de manera aleatoria, que tendrá en cuenta su lugar de procedencia y el nivel de incidencia. En la validación del certificado de vacunación, España únicamente aceptará las vacunas aprobadas por la EMA, así como las reconocidas por la OMS.
Estos trámites serán obligatorios para toda persona cuyo destino final sea España, así como para aquellos que se encuentren en tránsito. Estos últimos no serán sometidos a control; la finalidad en este caso es aumentar la trazabilidad internacional del virus. Estarán exentos de estos trámites todas las personas menores de 6 años.
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