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Preparativos para el montaje de la mesa en un colegio electoral. El Norte
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Escaño 82: ser de pedanía

La legislación electoral garantiza que haya urnas en todos los municipios, por pequeños que sean, pero no en todas las pedanías

Susana Escribano

Valladolid

Sábado, 15 de enero 2022, 17:28

Hay lugares donde ese abandono crónico que sufren los pueblos y quienes en ellos viven alcanza cotas de virtuosismo y ese sitio son las pedanías. Hay que haber crecido en una para apreciar los matices de ninguneo despreciativo que encierra escuchar ese 'no será ... para tanto' cuando se presenta el enésimo escollo que debe sortear quien vive en una pedanía respecto a quien reside en un municipio. Pasa en el día a día y cuando hay elecciones.

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La legislación electoral garantiza que haya urnas en todos los municipios, por pequeños que sean, pero no en todas las pedanías. Y en Castilla y León hay muchas. Concretamente 2.227 entidades locales menores, que es el término burocrático que define a pedanías, concejos o parroquias, según la zona. Son el 60% de las que existen en España. El artículo 23 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral establece que las mesas atenderán a un mínimo de 500 electores y un máximo de 2.000 y obliga a poner al menos una en cada término municipal. Luego deja al criterio del Ayuntamiento que tiene entidades locales menores solicitar a la Oficina del Censo Electoral mesas para sus pedanías, siempre que «la diseminación de la población lo haga aconsejable» y el número de electores no baje de los 200.

Eso deja a un montón de localidades sin urnas en las elecciones generales, europeas e incluso en las municipales y autonómicas. En Valladolid supone, por ejemplo, que los 28 habitantes de Aguasal votan en casa y los 134 de Santiago del Arroyo, pedanía de San Miguel del Arroyo, se desplazan siempre a San Miguel. Quien quiera votar, que coja el coche o el bus, si lo hay. Y esto ocurre en pueblos muy pequeños, de gente mayor, sin transporte público y en muchos casos con carreteras de baches perpetuos.

Esa dificultad para ejercer el derecho al voto se mitigaba en una parte de las entidades locales menores cuando elegían a su alcalde y a los procuradores autonómicos. Coincidía la fecha y esa jornada electoral tenían las dos urnas en el pueblo. El próximo 13 de febrero no será así. Alrededor de 300 pedanías –el número es aproximado porque ni la Junta ni el INE facilitan aún la cifra exacta– cuyos vecinos siempre han podido votar en las autonómicas en su localidad no tendrán urna. Todo ello en una jornada invernal y con el efecto pandémico del miedo al contagio, circunstancias que no invitan a ponerse en carretera. Desde la Junta prometen transporte, al tiempo que recomiendan el voto por correo. Como a los emigrados a Barcelona. O Bruselas.

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Falla la política de cercanía. ¿Nadie se ha dado cuenta de que la ley estatal que reparte las mesas por «municipios» vale para Madrid pero no para Castilla y León? Es de 1985. Otra muesca más en la discriminación de las pedanías. Como la que en los 90 excluía de ayudas para vivienda rural a vecinos de pedanías de Cuéllar con 300 habitantes, porque el redactor de la orden de la Junta puso 'municipio' en lugar de 'localidad'. Cuéllar rondaba los 10.000 residentes al sumar los de varias entidades locales menores y no se consideraba entonces enclave rural. Se corrigió poco antes de que las ayudas para autoconstrucción de vivienda volaran. O esos módulos fiscales primigenios, que clavaban los mismos impuestos al bar de la pedanía que al de la villa consistorial.

Vivir en un pueblo no es apto para blandos de ánimo. Para hacerlo en una pedanía hay que descender directamente de Viriato.

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