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El plazo para presentar la solicitud en el programa 'Conciliamos' en Carnaval irá del 27 de enero al 10 de febrero, tal y como recoge la resolución de la Gerencia regional de Servicios Sociales, publicada hoy por el Boletín Oficial de Castilla y León ( ... Bocyl) y consultada por la agencia Ical.
Además, el recurso que un año más ofrece la Junta de Castilla y León para el desarrollo lúdico de los niños de entre tres y 12 años en los periodos en que se suspende la actividad escolar para facilitar a los padres, tutores y acogedores conciliar su vida personal, familiar y laboral se realizará durante las vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad.
La novedad de este año es que la oferta se amplía a los municipios de la Comunidad de entre 3.000 y 5.000 habitantes cuyos ayuntamientos deseen colaborar en su ejecución y con quienes se firme el oportuno convenio.
Esto supone que en 2020 se podrá ofertar a 95 municipios y 102 centros (más del doble que el año anterior), mientras que en el contrato anterior el programa se extendía a un máximo de 40 municipios y 50 centros. Además, para las localidades del medio rural se reduce el número mínimo de asistentes requerido para que 'Conciliamos' se desarrolle en una instalación, pasando de 15 niños a ocho.
Este programa, que se lleva a cabo en colaboración con las entidades locales, permite que los escolares que lo soliciten puedan llevar a cabo actividades plásticas, artísticas, deportivas, juegos, en relación con la naturaleza y la educación ambiental, la promoción, conocimiento y sensibilización de los derechos de la infancia, la animación a la lectura y el fomento de la igualdad de oportunidades. Comprenderá los días laborables no lectivos de lunes a viernes de dichas vacaciones escolares, de acuerdo con el calendario escolar que apruebe la autoridad educativa. No obstante se extiende también a la anualidad 2022.
'Conciliamos' se dirige a niños cuyos padres o representantes legales se encuentren en alguna de estas situaciones que dificulten la atención de sus hijos: que desarrollen una actividad profesional, realicen actividades formativas convocadas por el Servicio Público de Empleo o la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades para la inserción socio-laboral, presenten un grado de discapacidad igual o superior al 65%, deban atender a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad con al menos dicho grado de discapacidad, tengan reconocido el carácter de cuidadores familiares de personas dependientes o participen en un proceso selectivo para el acceso a cualquier Administración Pública durante el período de funcionamiento del programa.
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