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Una vez pasadas las elecciones municipales llega la hora de negociar. De hablar con unos y otros para llegar a acuerdos que permitan configurar los ayuntamientos en las 2.248 localidades de Castilla y León. Y todo, a contrarreloj, con la mirada puesta en ... el 17 de junio, sábado. Ese día se configurarán oficialmente las nuevas corporaciones. Alcaldes, alcaldesas y concejales tomarán posesión de sus cargos para los próximos cuatro años.
Así lo estable la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que recoge que «las corporaciones municipales se constituyen en sesión pública el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los concejales electos, en cuyo supuesto se constituyen el cuadragésimo día posterior a las elecciones».
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Todo ello, en el supuesto de que no se produzcan recursos. Porque si algún pueblo tiene pendiente algún contencioso electoral deberá esperar al 7 de julio para conformar el ayuntamiento en cuestión. Donde se lo tomarán con más calma es en aquellas localidades donde un partido ha obtenido una mayoría absoluta. Está todo 'vendido' y solo les queda aguardar hasta ese sábado 17. En la provincia de Valladolid, una veintena de localidades está pendiente de pactos para poder gobernar. Todos los municipios tienen un número impar de concejales para facilitar las mayorías y la constitución de los gobiernos municipales.
Pero, ¿qué pasa si nadie obtiene una mayoría? En este caso, se proclama alcalde el concejal de la lista más votada el 28 de mayo. Castilla y León se ahorra, eso sí, la constitución de las Cortes. En la comunidad solo se celebraron elecciones municipales, puesto que en febrero del pasado año hubo una convocatoria anticipada de comicios autonómicos. Este mismo martes, el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, ha descartado el adelanto electoral para hacerlo coincidir con las generales del próximo 23 de julio.
Algo similar ocurre con las diputaciones provinciales. Se constituyen inmediatamente después del nombramiento de los ayuntamientos, repartiéndose los escaños según la fórmula D'Hondt entre las formaciones políticas que tienen concejales y según el número de votos que han conseguido en las elecciones.
El proceso de constitución de las diputaciones deberá aplazarse, en su caso, hasta que se hayan resuelto todos los recursos contencioso-electorales contra la proclamación de concejales electos en los municipios de la provincia. Hay en territorios, como Valladolid, donde el PP ha logrado mayoría absoluta en la institución provincial.
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En lo relativo al número de miembros que conforman cada diputación, hay que destacar que está recogido en la Ley de Régimen Electoral General. El número de diputados provinciales se determina, al igual que el número de concejales, según el número de habitantes. Así, hasta 500.000 personas se eligen a 25 diputados. Es el caso de todas las provincias de Castilla y León excepto Valladolid, que al tener más de 500.000 habitantes (y menos de un millón) cuenta con 27 diputados.
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