Varios clientes, en el bar Vasis's, en el barrio vallisoletano de Parquesol. Carlos Espeso
Coronavirus

Castilla y León regresa al nivel 1 después de casi dos meses

Las terrazas de la hostelería recuperan el 100% de su aforo y reabren las barras y los establecimientos nocturnos

J. A. P.

Jueves, 9 de septiembre 2021

Tras 56 días de cierre de barras y de locales de ocio nocturno, Castilla y León regresa a las restricciones de nivel 1, es decir, a la situación previa a la quinta ola.

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Desde este martes se permite el uso de las barras y la ... reapertura de los locales de ocio nocturno, además del consumo de pie o la ampliación de la capacidad de las terrazas hasta el 100% de su aforo.

Las restricciones, anunciadas tras el Consejo de Gobierno del pasado jueves 9 de septiembre, serán las siguientes:

  1. Establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas:

Se permite el consumo en barra y de pie en el interior, con el aforo limitado al 75%. Las restricciones de aforo no afectan a las terrazas, que podrán ocuparse al completo.

Tanto en el interior como en el exterior de los locales, las mesas o agrupaciones de mesas podrán estar ocupadas por un máximo de 25 personas.

Los horarios de cierre en los dos ámbitos los marcará la regulación municipal vigente.

Sigue prohibido fumar en las terrazas al igual que continúa siendo obligada la separación de dos metros entre las mesas en el interior y de 1,5 metros en el exterior.

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  1. Ocio nocturno

Las discotecas podrán reabrir y tendrán un aforo del 50% mientras que pubs, karaokes y similares estarán habilitados para aumentar esta capacidad hasta el 75%.

Al igual que en el resto de actividades, el horario de cierre será el que marque la ordenanza municipal.

  1. Cócteles y actividades similares

Se podrán celebrar, siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene.

  1. Locales comerciales y de actividades profesionales abiertos al público

Tanto en los que se encuentran dentro de centros comerciales como en los que no, el aforo será del 75% tanto para la zona comercial como para las zonas comunes y recreativas.

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  1. Instalaciones deportivas y centros deportivos dedicados a la actividad física y deportiva no oficial

Los espacios al aire libre no tendrán límite de aforo; los interiores estarán limitados al 85%.

En todos estos lugares se tendrá que observar la distancia de seguridad y la adecuada ventilación.

  1. Asistencia a eventos deportivos

En establecimientos sin butacas preasignadas, aforo máximo del 75% con un máximo de 500 personas en espacios cerrados y 1.000 al aire libre.

  1. Museos y salas de exposiciones

Sin restricciones.

  1. Cines, teatros y auditorios

Al 75% siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila en el caso de asientos fijos o 1,5 metros si no los hay.

En los establecimientos sin butacas preasignadas el aforo también será de tres cuartos del total, con un máximo de 500 personas en espacios cerrados y 1.000 al aire libre.

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  1. Velatorios

En espacios cerrados, el aforo máximo será del 75%, con un máximo de 75 integrantes de la comitiva fúnebre.

En espacios abiertos, no habrá restricciones más allá de la obligación de mantener la distancia de seguridad y utilizar la mascarilla.

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