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Los trabajadores públicos de Castilla y León que presten servicios asistenciales, sanitarios o socio-sanitarios, y servicios sociales deberán desempeñar otras funciones, tareas o responsabilidades, de forma excepcional por el estado de alarma generado por el coronavirus, cuando así sean requeridos.
Así lo recoge la orden de la Consejería de la Presidencia que este miércoles publica el Boletín Oficial de la Comunidad, el Bocyl.
Se trata de tareas distintas al puesto de trabajo que desempeñan pero siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, y previa solicitud de la Consejería u Organismo Autónomo del ámbito Sanitario o Socio sanitario y de servicios sociales que lo precise.
Ese requerimiento podrá consistir en la prestación de servicios extraordinarios, ya sea en razón de su duración o de su naturaleza, en la encomienda de funciones distintas de las correspondientes a su puesto de trabajo, teniendo en cuenta la capacitación profesional.
Y «el requerimiento podrá consistir en reasignación de efectivos y cambios de centro de trabajo, siempre dentro de la misma localidad, o área de prestación«, añade la orden.
En el caso de que esa nueva tarea «suponga la encomienda de funciones superiores a las del grupo profesional de pertenencia, por su titulación personal, se le retribuirá por las funciones realmente desempeñadas», y se retribuirán los complementos funcionales correspondientes a la jornada realizada.
En cuanto al resto del personal «deberá estar disponible, y podrá ser requerido en cualquier momento para la prestación de tareas presenciales o no presenciales, conforme a la normativa que regula el actual estado de alarma por motivos de salud pública«.
La orden precisa que «el incumplimiento o la resistencia a las Resoluciones previstas en esta orden, durante el estado de alarma, será sancionada conforme a las leyes».
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