Actividad en un quirófano del Hospital Río Hortega de Valladolid. A. Mingueza

Castilla y León ampliará las enfermedades que permiten solicitar segunda opinión médica

Este derecho, regulado desde 2007 y limitado ahora a enfermedades neurológicas y cáncer, se extenderá a algunas cirugías, cuando se desestime un trasplante o en casos «de riesgo para la vida»

Susana Escribano

Valladolid

Sábado, 8 de abril 2023, 13:30

La Consejería de Sanidad va a ampliar el abanico de casos en los que un paciente de Castilla y León puede solicitar una segunda opinión médica, restringido en este momento a enfermedades neurológicas y cáncer. Existe un borrador de decreto que el Gobierno autonómico somete ... a alegaciones hasta el próximo 10 de abril que abre la posibilidad de contrastar el primer diagnóstico y tratamiento en cinco supuestos más. La segunda opinión médica es un derecho regulado en Castilla y León por ley autonómica desde 2003, operativo desde 2007 en casos muy concretos. Actualmente son los cuatro grandes hospitales de la comunidad, el Río Hortega y el Clínico vallisoletanos, el HUBU burgalés y los complejos asistenciales de León y Salamanca los centros que emiten esas segundas valoraciones, y se suma el Virgen de la Concha de Zamora en el caso de segunda opinión ante un diagnóstico de cáncer para pacientes de León, según información de la Junta.

Publicidad

1

¿En qué enfermedades se puede pedir ya segunda opinión?

Los casos en los que Sacyl facilita un segundo diagnóstico son en este menos las enfermedades degenerativas del sistema nervioso central y periférico y las desmielinizantes, exceptuando la demencia senil. Ahí entran la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), el alzheimer, el parkinson o la esclerosis múltiple. También es posible solicitar con un diagnóstico de tumores malignos, dejando fuera las neoplasias de piel que no sean melanomas.

2

¿Qué casos incorporará Sacyl a la segunda opinión?

La Junta abrirá esa posibilidad de solicitar una segunda opinión médica a los pacientes a los que se haya detectado una enfermedad rara o aquellos en los que no se logre diagnóstico. A estos se sumarán personas que vean cómo se les cierra la puerta a un trasplante al desestimarlo el equipo médico y los casos de cirugía de columna en niños y jóvenes y de cirugía cardiaca. El equipo del consejero Alejandro Vázquez establece un último supuesto que abre la puerta para «cualquier enfermedad que suponga para el paciente un riesgo para su vida o para la calidad de ésta, entendida como una amenaza de incapacidad o menoscabo importante para su vida cotidiana y profesional».

3

¿Cómo se solicita ese diagnóstico de contraste?

El paciente o la persona que le represente puede pedir una segunda opinión médica en los casos contemplados al doctor que le trata y que serán autorizada por el gerente de Atención Especializada en un plazo máximo de 15 días. Serán profesionales de Sacyl quienes se encarguen del nuevo diagnóstico. Esa valoración se hará inicialmente analizando todas las pruebas, informes y muestras que se hayan utilizado para emitir el primer diagnóstico y la propuesta de tratamiento. Solamente si el profesional considera necesario explorar al paciente o realizar pruebas adicionales se citará al solicitante. El plazo para emitir el informe será de 35 días. El anteproyecto del nuevo decreto establece que las segundas opiniones médicas para trasplantes que no sean de riñón se atenderá en un centro que haga el tipo de injerto en cuestión de fuera de la comunidad. En el caso de trasplantes renales no es necesario porque Castilla y León dispone de dos hospitales autorizados.

Publicidad

4

¿Qué ocurre si se plantean tratamientos diferentes?

Si el servicio al que se ha solicita la segunda valoración concluye con un diagnóstico o una propuesta de tratamiento terapéutico diferente al inicial, citará al pacientes para que un especialista le informe personalmente explicando con claridad ventajas e inconvenientes para que pueda elegir la alternativa que considere más adecuada. Sacyl garantizará al paciente el tratamiento que elija, «en el marco de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud». En Castilla y León o, en su defecto, en un hospital de otra comunidad.

La Junta de Castilla y León reguló el acceso a una segunda opinión médica a finales de diciembre de 2007, en un decreto que entró en vigor tres meses después, en marzo de 2008. Acababa de reformarse el Estatuto de Autonomía de la comunidad y en su artículo 13 se reconocía el derecho de los usuarios del sistema público de salud «a recabar una segunda opinión médica». El borrador del nuevo decreto puede consultarse en el portal web de la Junta, en el área de Gobierno Abierto.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

0,99€ primer mes

Publicidad