Maria Bausela
Domingo, 21 de agosto 2022, 00:20
Entre el 1 de enero y el 31 de julio de este año, 222 personas han fallecido por ahogamiento en los espacios acuáticos españoles, 82 de estas registradas en el mes de julio, según el Informe Nacional de Ahogamientos de la Real Federación Española de ... Salvamento y Socorrismo. Con respecto al año anterior, la cifra ha aumentado en 82 vidas pérdidas por esta causa, o un incremento de 55%, regresando a datos anteriores a la pandemia. En concreto, en Castilla y León han fallecido 3 personas ahogadas durante 2022, todas ellas en zonas sin servicio de socorristas.
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De estas tres muertes, tan solo una se produjo en una zona privada, mientras que los otros dos casos, el de un hombre de 70 años ahogado en el río Tormes de Salamanca y un joven de 29 años el río Abión en el Burgo de Osma (Soria), se produjeron en zonas no consideradas como aptas para el baño. La autorización para el baño en ciertas zonas se basa en la calidad de sus aguas, las cuales deben cumplir con ciertas condiciones de salubridad. Sanidad de Castilla y León (Sacyl) es la encargada de realizar las inspecciones bajo la petición de los ayuntamientos que gestionan el terreno.
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En toda la comunidad la cifra de ríos, embalses, lagos y arroyos que cuentan con esta calificación es de 33 zonas aptas. Ávila cuenta con 3 áreas de baño con estas características, Burgos con 2, León, a la cabeza, con 12, Segovia con una, Soria con 4, Valladolid con 2, y Zamora, en segunda posición, con 7. De esta manera, Salamanca es la única provincia sin un punto de su geografía que cumpla con los requisitos.
Sin embargo, solo 5 de estos términos cuentan con socorristas, estos son el río Nela en Villarcayo Merindad de Castilla la Vieja (Burgos), el río Orbigo, que cuenta con dos zonas de baño en Cimanes de Tejar (León), el río Pisuerga a su paso por Valladolid y el río Duero en Zamora capital. Esto supone que el 15% de los principales puntos de afluencia de bañistas de la comunidad cuentan con vigilancia, y, por tanto, la posibilidad de salvar posibles vidas.
Esto contrasta con las repetidas situaciones de riesgo de ahogamiento, como la sucedida en el embalse de Villardeciervos tras volcar una barca en la que iba una familia. Fueron integrantes del Club Deportivo Salvamento Benavente que se encontraban realizando prácticas en la playa fluvial quienes salvaron sus vidas al presenciar el hundimiento. La familia, integrada por dos adultos y dos niños de corta edad, alertó a la Guardia Civil por teléfono, pero la llamada se cortó. El cuerpo de seguridad, llegó tras el rescate y llevó la barca hasta la orilla, donde se estimó que presentaba una rotura. A día de hoy, dos años después de un accidente que podía haber sido mortal, el embalse sigue sin contar con socorristas «ya que no es obligatorio», según afirman desde el ayuntamiento de la localidad.
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La Real Federación Española de Salvamento y Socorrismo lleva desde 2015 haciendo de manera anual el Informe Nacional de Ahogamientos. En su edición del 2019 elaboraron una recopilación de los datos de cada comunidad, el cual muestra que en Castilla y León prácticamente el 100% de los ahogamientos se dan en zonas sin servicio de salvamento, con tan solo dos muertes en cinco años en zonas que sí deberían contar con la presencia de socorristas.
Por su parte, la página ahogamiento.com también elabora informes anuales en relación con ahogamientos en España, así como el lugar donde se produjeron, así se puede determinar que 118 personas fallecieron en embalses, ríos, arroyos, lagos y pantanos en Castilla y León desde 2013 hasta 2020. Dato que aumenta hasta los 139 casos si se tienen en cuenta piscinas privadas sin vigilancia. Luis Miguel Pascual, director técnico de la Escuela Segoviana de Socorrismo, que gestiona dicha web, contaba que aún no tienen procesados los datos de 2021 debido a la pandemia y la falta de apoyo, ya que «dependemos de la disposición personal de las personas de la Escuela».
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En total, 154 personas han fallecido por estas causas en la comunidad en los 9 años que llevan recabando datos. De estos casos, el 63,63% se ha producido en ríos, que son el único tipo de zona de baño que si cuenta con socorrista, pero un una medida mínima, tan solo el 2%. Mientras que el 12,98% de los fallecidos se produjeron en otras zonas de baño como embalses o arroyos, de los cuales ninguno cuenta con cuerpo de salvamento. Esto supone que el 95% de los casos en la comunidad sean en zonas naturales, una cifra elevada en comparación a la media del 74,68% a nivel nacional.
La Federación de Salvamento y Socorrismo de Castilla y León (Fecless) trató de dar visibilidad a este problema hace dos años al llamar a todos los municipios que contaban con zonas aptas para el baño y consultar si contaban con socorristas, «y la sorpresa fue que muy pocos contaban con servicio de socorrismo». Además, les ofrecieron «disponer de unos carteles sobre consejos de prevención e información para que pudieran poner en esas zonas de baño» la cual fue aceptada en todos los casos, según afirma el responsable de prensa de la federación. Sin embargo, en el caso de los socorristas hay municipios que afirmaron que «no se lo podían costear y otros no indicaban una razón exacta». Por ello, les comunicaron que «aunque no hubiera socorrista, podría haber material auxiliar, como un aro salvavidas, por ejemplo, para que otros bañistas lo pudieran lanzar en caso de necesitar ayuda. Pero ese material al estar en un sitio público pocas veces podría ser respetado y en otras ocasiones incluso robado. Y eso parece indicar qué gran parte de la sociedad desconoce la utilidad de estos materiales y toda la ayuda que podría suponer».
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el Procurador del Común
Asimismo, consideran que «es importante validar que las zonas de baño sean adecuadas para el baño, pero creemos que haría falta una regulación también en la prevención y garantizar la seguridad de los usuarios de los mismos. Al igual que una piscina pública no puede abrir si no hay un socorrista, en estos sitios debería existir la figura del socorrista y además indicar el horario que tiene el mismo». Esto se debe a que las competencias sanitarias de la Junta de Castilla y León solo se centran en el análisis y el control de las aguas, pero si la zona tiene o no socorrista no es decisión del responsable de la gestión de esa zona de baño.
Ya en 2013 el Procurador del Común de la comunidad elaboró un informe en el que exponía los problemas tanto de la legislación actual de piscinas como de zonas naturales e instaba a que modificasen y se exigiesen servicios de socorrismo también en las zonas de baño naturales. En dicho documento se establecía que «ni la normativa nacional ni la normativa autonómica imponen la presencia de vigilancia y salvamento en las zonas de baño naturales, situación que contrasta con lo dispuesto en la normativa higiénico –sanitaria de piscinas de uso público (Decreto 1777/1992, de 22 de octubre) cuyo artículo 25 impone la obligación de contar con socorristas en estas instalaciones, profesionales que deben ser, expertos en técnicas de salvamento, reanimación y primeros auxilios, y cuya presencia debe ser continuada durante el tiempo que la instalación permanezca abierta al público».
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Asimismo, consideraban que «parece contradictorio que exista un derecho a exigir seguridad en un espacio acuático con el agua confinada, y no exista el mismo derecho en un espacio acuático natural en el que se permite y en algunos casos se facilita por las administraciones públicas este mismo baño». Ya en aquel informe se podía observar que «el 63% de los ahogamientos suceden en espacios que no cuentan con servicio de socorrismo. Y que cuanto mayor es el número de usuarios del espacio acuático, más casos de ahogados suceden, lo que debería incidir en una respuesta en torno a la dotación de los recursos humanos y materiales para estas tareas, reforzando la presencia de socorristas cuando mayor afluencia de usuarios hay en un espacio acuático».
Sin embargo, si hubo un tiempo en el que estas medidas eran implantadas. El Decreto 96/1997, del BOCyL sobre las zonas de baño de la Comunidad de Castilla y León establecía en su artículo 6 la existencia de dos categorías de zonas de baño: zonas ordinarias y zonas mejoradas. Esto iba complementando con el artículo 7, que definía a que se refieren las zonas ordinarias como «aquellas autorizadas que dispongan de unas ordenanzas municipales sobre el buen uso de la zona, socorrista, botiquín para auxilio a los bañistas y servicios sanitarios». Esta legislación fue sustituida en 2006 con la Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño y el posterior Decreto 80/2008 del BOCyL sobre la gestión sanitaria de la calidad de las aguas de baño de la Comunidad de Castilla y León. En ninguna de estas se establecía nada en relación con servicios de socorrismo o vigilancia.
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En función a esto, el PSOE elaboró en 2019 la Proposición No de Ley para instar a la Junta de Castilla y León a que impulse la actualización normativa en materia de piscinas y se valore la inclusión en dicha normativa de las piscinas naturales, para su tramitación ante la Comisión de la Presidencia, pero esta fue rechazada.
El Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León recogió la propuesta, en la cual se establecía que, tras el informe del Procurador del Común, la Consejería de Sanidad remitió a dicha figura otro informe. En este establecen que «los incidentes ocurridos en zonas de baño de Castilla y León, no son notificados a esta Consejería, por no ser materia de su competencia la seguridad en el Medio Natural». Además, afirmaban que «la presencia de un servicio de salvamento y socorrismo no queda recogida en la normativa de zonas de baño»..
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PSOE de Castilla y León
Tras estas respuestas, 'el defensor del pueblo de Castilla y León' manifestó su sorpresa por «la falta de interés de la Consejería competente en la adecuación de la normativa que resulta aplicable a las piscinas de uso público, falta de interés que revela a su juicio una nula implicación en cuestiones de seguridad y en la prevención de accidentes y muertes por ahogamiento«.
Por su parte, el Grupo Parlamentario Socialista consideró que «la normativa no solo debe velar por las condiciones sanitarias del agua y del resto de instalaciones, sino que resultan clave las cuestiones de seguridad, pues es la única forma en que el usuario pueda disfrutar de la instalación sin que exista riesgo para su salud y para su integridad física».
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Con la pandemia el número de bañistas en estas zonas se ha multiplicado por la búsqueda de lugares amplios y con poca afluencia que posibilitaran no tener que preocuparse por la distancia de seguridad o la necesidad de mascarilla. , Muchos han continuado acudiendo a pesar de que se levantaran las restricciones debido a su cercanía y su situación en sitios de menor coste vacacional, que posibilita a personas con menor poder adquisitivo acudir a zonas de baño naturales. Sin embargo, es importante remarcar que los peligros son más elevados en estos espacios porque a las situaciones habituales que podrían causar un ahogamiento, como un desmayo, se suma el desnivel del terreno, que puede presentar cambios bruscos, las posibles corrientes y la presencia de piedras de gran tamaño con las que podrían golpearse y perder la consciencia.
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