Un grupo de mayores, en el centro palentino de Puente de Hierro, adaptado al modelo ‘Mi casa

Las residencias tradicionales desaparecerán por ley para convertirse en hogares de mayores

La Junta aprobará en enero la regulación de centros que introduce el modelo ‘Mi casa’ y el multiservicios y que exige un profesional de referencia para cada anciano

Ana Santiago

Miércoles, 30 de diciembre 2015, 08:15

En esta ocasión no es solo una mera actualización normativa u otro fuerte impulso a la profesionalización de un sector que no hace tanto tiempo apenas ofertaba una simple subsistencia, se llamaban asilos y eran, sobre todo, un negocio bajo mucha clandestinidad. El impulso fue fuerte en control e inspección, mayor sensibilidad y regulación ya a principios de este siglo. Ahora, la apuesta es la de un cambio de modelo, de concepto, con un objetivo fundamental, el de dar relevancia a la autodeterminación de la persona, a la intervención basada en apoyos, al proyecto de vida y a la calidad de una existencia que ya cumple muchos años.

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La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades lleva más de tres años en busca de esta nueva dimensión que, tras un centenar de experiencias pilotos y reuniones y más reuniones con el sector, tomará ya forma definitiva en el año que empieza.

Le faltaba el amparo legal y su extensión a todos los centros de mayores, residencias y de día, ya existentes; así como la regulación de los de nueva creación con exigencias diferentes en busca de la adaptación y evolución, no de la imposición. Es así como una nueva normativa aparcará de forma progresiva el modelo tradicional para evolucionar hacia un concepto de hogar «enfocado fundamentalmente para atender a personas muy dependientes desde el punto de vista de su salud fundamentalmente, hacia un modelo de centro que permita a los usuarios seguir viviendo de la manera en la que elijan hacerlo y realizando las actividades que tienen sentido para ellos, prestándoles los apoyos que necesiten y, por lo tanto, puedan ser centros que abarquen un mayor periodo del ciclo vital de la persona mayor», destacan fuentes de la Consejería de Familia.

El gran objetivo de todo, añade, «es avanzar en la calidad de la atención a las personas mayores, en su calidad de vida». Este modelo será un requerimiento normativo para los centros de nueva creación, que deberán ajustarse al concepto de unidades de convivencia y los ya existentes dispondrán de tiempo para una progresiva adaptación.

Un nuevo modelo al que Familia denominó en su momento como En mi casa, una forma de describir que «ese es el núcleo de los fundamentos que deberían articular los servicios profesionales de proximidad». Estas experiencias han permitido contar con las suficientes evidencias de hasta dónde era posible adaptar la realidad que ya existe, desde un punto de vista tanto arquitectónico como organizativo. Y, en este concepto, se han incorporado a la normativa, además del citado basado en acercarse lo más posible a un auténtico hogar, dos nuevos modelos organizativos. Así surgen los centros multiservicios y las unidades de convalecencia. Los primeros son «la agrupación bajo la misma titularidad y edificio de un conjunto de servicios dirigidos a las personas que siguen viviendo en su domicilio; pero que necesitan apoyos para mantener su autonomía y su integración social». Actualmente, ya hay en Castilla y León 267 de estas características, que cuentan con 660 servicios registrados, en las nueve provincias de la comunidad.

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Los dispositivos de convalecencia sociosanitaria hay ya 101 plazas en coordinación con Sacyl están pensados para media estancia e integran atención sanitaria en centros residenciales hasta que se produzca el alta sanitaria. El nuevo Decreto de Autorización, dado que hay en la región 687 residencias y 220 centros de día, diferencia las exigencias a los ya existentes y las de los nuevos. No obstante, todos deberán cumplir algunos requisitos mínimos respecto a la organización, normas de convivencia, derechos y deberes de los usuarios, órganos de dirección y asesoramiento, estructuras de coordinación, ratios de personal que definirá una orden posterior y ordenación del funciona- miento. Y, fundamental, el concepto de la propia decisión en la vida.

Fundamental es en este planteamiento el Plan de Apoyos, es decir, elaborar un proyecto de vida que garantice el derecho a la autodeterminación de la persona mayor. Y, para ello, es imprescindible y básica la exigencia del profesional de referencia, una persona de atención directa a cada usuario, figura a la que dirigirse para desarrollar sus actividades, gustos y aficiones, enlace con la familia, un apoyo fundamental que supervisará su situación, cualquier incidencia, datos y observaciones sobre el interesado. Responsable también de la relación del mayor con su grupo de convivencia. Ningún profesional de referencia podrá serlo de más de seis personas en los centros residenciales y de doce en los de día. En estos últimos, el personal técnico también podrá realizar estas funciones.

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Una normativa, destaca la Junta, cuyos fundamentos cuentan «con el consenso de los grupos políticos y de los representantes del sector y que responde a los acuerdos del Consejo Territorial de Dependencia».

Posterior desarrollo normativo establecerá ratios de personal y cualificación, además de detalles de gestión. Para los centros residenciales de nueva implantación el decreto dispone como requisito que estén ubicados en suelo urbano de cualquier municipio de Castilla y León; lo que se persigue es un buen acceso a la vida y servicios de la localidad.

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La capacidad máxima de cada unidad de convivencia será de 16 plazas, resultado de asignar una ocupación de hasta el 50% de las plazas con uso doble y, el resto, con uso individual. Además, las dimensiones de las habitaciones no serán inferiores a los 19 metros cuadrados y contarán adicionalmente con un baño accesible en cada habitación. Contará con una zona común para los residentes de la unidad que reunirá concretas características y dotaciones que incluyen cocina, comedor o sala de estar. Para las que ya existen, no hay obligación de adaptación;pero si quieren hacerla se establece una superficie mínima del dormitorio de ocho metros cuadrados, en las individuales, y de doce, en las dobles. Existirá un aseo con ducha accesible por cada dos habitaciones. El espacio común podrá agruparse en un espacio polivalente.

Régimen transitorio

Los centros de nueva implantación deberán ser aptos para atender a cualquier tipología de persona, sea dependiente o esté en buenas condiciones físicas y mentales. De esta manera, una persona que entre en una residencia siendo válida, si se convierte en dependiente puede continuar en ese mismo centro sin necesidad de cambiarse a otro. Para los ya existentes, la nueva normativa favorece la transformación de plazas aptas para válidos en asistidos, para que sea factible realizar adaptaciones y los centros puedan atender a personas sin autonomía. La Junta regula un régimen transitorio para que los centros de válidos puedan, mediante pequeñas adaptaciones de accesibilidad, convertir sus plazas aptas para personas dependientes. Habrá un plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la norma.

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