El juez da la razón a los vecinos y obliga a reparar una fachada en Villa de Prado
Condena a la gestora y al aparejador a pagar los 295.941 euros de la obra en un bloque, que lleva acordonado más de dos años
J. ASUA
Jueves, 16 de mayo 2013, 15:36
El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Valladolid ha dado la razón a la comunidad de propietarios de los portales 6 y 8 de la calle Monasterio de Santo Domingo de Silos edificio Las Cortes , situado en el barrio de Villa de Prado, en la demanda interpuesta por las graves deficiencias en el aplacado de la fachada de este bloque residencial, que lleva acordonado por orden municipal más de dos años tras el desprendimiento de varias losetas de piedra a la vía pública. La sentencia condena solidariamente al arquitecto técnico F. H. R y a Fincagest, gestora de la promoción, a acometer las obras de reparación, valoradas en 295.941 euros. A esta última firma, que «tomó el control de la edificación», según el juez, solo se le imputan los desperfectos registrados en el número 8.
El fallo judicial, firme en la condena anteriormente referida, pone fin a una larga pelea de los residentes que, hasta este momento, se habían visto indefensos, ya que Proinsa y Teconsa, promotora y constructora respectivamente, nunca respondieron a sus reclamaciones al entrar ambas en concurso de acreedores. Aunque estas aparecían en una primera demanda, finalmente el juez pidió la subsanación por la suspensión de pagos de ambas firmas. La sentencia exime de cualquier responsabilidad a la firma gallega que suministró y colocó las losetas «al ser una subcontrata y no estar incluida en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) como agente de la edificación». Aunque no ha resultado condenado, el arquitecto superior que firmó el proyecto ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, ya que «queda vinculado por la declaraciones que se hacen en la sentencia a propósito de su actuación en el proceso constructivo», según recoge el fallo.
El juez entiende que los defectos se registraron dentro de los tres años de garantía. La recepción de la obra tuvo lugar en junio de 2007 y ya en la conciliación promovida por la actora en febrero de 2009 los demandantes hacían constar de la existencia de piedras sueltas, como recoge un informe del arquitecto de octubre de 2008. Fue en febrero de 2010 cuando el problema fue a más y comenzó la caída constante de piedras a la vía pública, lo que obligó a vallar todo el perímetro de la fachada y mantiene prácticamente inutilizada la acera.
La sentencia deja claro que la obra fue una chapuza. El perito judicial subraya que el incorrecto recibido de las placas sobre el soporte es la causa generalizada del desprendimiento y destaca que existe un grave defecto de ejecución y de control de la edificación. Así, se aprecia que el mortero se aplicó por pelladas (porciones) y no colmando toda la superficie del soporte. Tampoco se regularizó la superficie del soporte y la adherencia entre éste y la piedra es prácticamente nula. Los expertos también llaman la atención sobre la deficiente disposición y colocación de las grapas de anclaje, así como su «inexistencia» en algunas partes de la fachada.
Para el perito se ha producido la omisión de una medida de seguridad imprescindible al no colocar elementos de sujeción en las placas de la primera hilada. Así, se estima que la constructora y el aparejador, como responsable de la ejecución, hicieron mal su trabajo.
«Proporcionalidad»
La comunidad de propietarios solicitaba la demolición completa del aplacado de las fachadas y su sustitución por otro revestimiento que tuviera todas las garantías. Sin embargo, el juez considera que «no obedece a criterios de razonabilidad ni proporcionalidad» y, en consecuencia, ordena reparar los desperfectos a base de anclajes puntuales. Además, en la demanda se incluían otros fallos constructivos como filtraciones en diferentes puntos, que los residentes consideraban que influían en el desprendimiento de las piedras, un extremo que no se ha podido demostrar con lo que se desestima.
Consciente de la situación del edificio residencial, la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Valladolid ha dado continuas prórrogas a la comunidad de propietarios para acometer la obra. Tras el último pleno, se les dio como plazo el 16 de mayo para iniciar la reparación de la fachada. De lo contrario, el Ayuntamiento la abordaría en ejecución subsidiaria. Fuentes del caso explican que se va a pedir a la concejalía más plazo hasta que se dicte la ejecución de la sentencia para que los condenados inicien los arreglos o paguen a la comunidad los 295.941 euros de la reforma.
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