J. SANZ Y M. MADRUGA
Lunes, 30 de julio 2012, 13:27
Solo un 33% de las parejas que pasan por el altar o el juzgado para formalizar su relación optan por la fórmula de la separación de bienes. El resto comienzan su andadura matrimonial bajo el régimen de gananciales, que establece la ley por defecto en el caso de la comunidad. La mayoría, a juicio de los expertos, lo hacen por mero «desconocimiento o simplemente porque no se atreven a planteárselo a sus cónyuges», según considera el abogado matrimonialista Jaime Sanz, autor de un estudio sobre esta dicotomía legal, en el que advierte de los «riesgos futuros» de la decisión adoptada, sobre todo, en el régimen más extendido de bienes gananciales.
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El informe pone en evidencia, por un lado, la significativa caída del número de enlaces registrados en Palencia en los últimos años, y por otro, que el número de parejas que eligen la opción de la separación de bienes se mantiene más o menos estable. Así, según los últimos datos disponibles de 2008, 2009 y 2010, de las 542 parejas que contrajeron matrimonio en este último año en Palencia, 179 pasaron ante el notario para rubricar las capitulación matrimoniales. Antes fueron 143 de 525 matrimonios (2009) y 156 de 596 (2008). Muchos de ellos, aclara el letrado, «son empresarios», un sector en el que la fórmula está mucho más extendida.
¿Pero qué supone optar por una y otra fórmula? El Código Civil establece que la sociedad de gananciales hace que los bienes sean comunes para los cónyuges y que se distribuirán a partes iguales en caso de ruptura. Ahora bien, dentro del matrimonio existen bienes privativos los adquiridos antes del enlace y gananciales, es decir, los obtenidos después, como pueden ser las nóminas e incluso una empresa constituida con posterioridad. Y es en este punto en el que los expertos advierten de los riesgos de esta fórmula, ya que con este régimen «tanto las deudas como las ganancias pasan a ser de los dos y puede darse la situación de que si hay pérdidas pueda embargarse tanto al empresario como a su cónyuge».
«Una ruina»
La separación de bienes, en cambio, supone que estos «pertenecerán a cada uno de los cónyuges tanto en el momento inicial como con posterioridad y corresponderá a cada uno su administración». Eso supone, según expone el autor del estudio, que «tanto las pérdidas como las ganancias son de cada miembro del matrimonio que las produce».
Las capitulaciones pueden hacerse antes o después del enlace y siempre ante notario. De no ser así, el artículo 1.316 del Código Civil establece que «a falta de capitulaciones o cuando estas sean ineficaces, el régimen será el de la sociedad de gananciales».
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El letrado Jaime Sanz recomienda, en cualquier caso, optar por la primera fórmula al entender que «casarse en gananciales puede suponer la ruina del matrimonio y una posible ruptura si se contraen deudas con este régimen por parte de uno de los cónyuges».
Picaresca ante la crisis
Pero lo recomendable, en su opinión, es hacer las cosas con tiempo. «No vale recurrir a la picaresca en estos tiempos de crisis y hacer las capitulaciones para evitar el embargo de la casa o de otros bienes», explica el autor del estudio antes de concretar que el propio Código Civil establece una serie de medidas artículos 1.317, 1.401 y 1.442 para evitar posibles fraudes. En ellos se recoge, por ejemplo, cómo «la modificación del régimen económico matrimonial no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros» o que «el cónyuge no deudor responderá con los bienes que le hayan sido adjudicados». Eso significa, prosigue el experto, que «acogerse a este régimen cuando ya han surgido los problemas no va a solucionar nada».
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El letrado, y responsable del bufete Safe Abogados, considera, por último, que la mejor opción pasa por la separación de bienes y advierte de que «la situación actual debería ser objeto de una modificación del Código Civil para establecer este régimen por defecto», como así ocurre ya en comunidades autónomas como Cataluña, Baleares, Navarra o Valencia.
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