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JORGE MORENO
Sábado, 12 de febrero 2011, 10:30
El constructor leonés José Martínez Núñez, fundador de Teconsa, ha ganado por ahora la batalla judicial que tenía abierta desde hace 15 años, y por la que se enfrentaba a una pena global de 28 años de cárcel, como inspirador de los sabotajes y daños que sufrió una empresa de hormigones de la competencia a finales de los noventa. La tesis de las acusaciones, tanto pública como privada, era que Martínez Núñez habría tratado de hacerse con el control del negocio de la obra pública en la zona del Noroeste, que surgió con la construcción de la autovía de la A-6.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada comunicó ayer la sentencia, que cierra provisionalmente este procedimiento judicial, a la espera de un recurso antes de 20 días en la Audiencia de León, y que ha visto pasar seis jueces de Instrucción y tres de lo Penal hasta llegar a este fallo absolutorio por un delito de daños.
La sentencia del magistrado Óscar Hernáiz señala que «no existen pruebas concluyentes» de que los diversos ataques a camiones y propiedades de la empresa Hormigones Sindo Castro, de Astorga, entre abril de 1996 y enero de 1999, fuesen inspirados por Martínez Núñez y ejecutados por cuatro acusados más vinculados a él, a los que también se absuelve. Entre ellos, dos hermanos dueños de una agencia de detectives que llegó a tener una sede en Valladolid. Se trata de Timoteo y José Manuel Pintado Palomo. Ambos fueron relacionados en su día por la Guardia Civil con el incendio de las oficinas de la constructora Begar en Valladolid, otra de las empresas competidoras de Teconsa a finales de los noventa.
Los hechos, que fueron enjuiciados durante tres días en noviembre, suman siete actos criminales entre los que figuraban dos explosiones con la utilización de Goma 2 en las plantas de hormigón de los municipios leoneses de Las Ventas de Albares y Villamartín de la Abadía; daños a 20 camiones y excavadoras, y el lanzamiento de un cóctel molotov a los bajos de la vivienda del constructor Gumersindo Castro Otero, en Astorga, en enero de 1999. La botella incendiaria no llegó a prender.
La sentencia judicial rechaza, como había solicitado la defensa de Martínez Núñez, la prescripción de los delitos, al tiempo que anula las intervenciones telefónicas realizadas por agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil por vulneración de garantías legales. Se declaran válidos los registros en los domicilios e inmuebles de los cinco acusados, entre los cuales están los dos detectives Pintado, en los que los agentes hallaron, en una vivienda de Pobladura del Bernesga, un total de 61 detonadores y 50 metros de línea de tiro.
En la relación de hechos probados, el juez de lo Penal 1 de Ponferrada dice que el 27 de abril de 1996 se provocaron dos explosiones en la planta de La Llanona, en Venta de Albares (Ayuntamiento de Torre del Bierzo), en las que se empleó Goma 2 para causar desperfectos en tolvas y camiones.
El 3 de noviembre de 1996 en esas mismas instalaciones de Hormigones Sindo se causaron desperfectos en 7 camiones en ruedas, depósitos de combustibles y baterías.
El 6 de enero de 1997, en el aparcamiento del hotel Villamartín (León) otros dos camiones hormigonera registraron pinchazos en las ruedas. También el 27 de julio de ese mismo año en la planta de Sindo Castro en Carracedelo se rociaron con gasolina e incendiaron una hormigonera, una máquina excavadora, la caseta de mandos, los vestuarios, una cinta transportadora y los depósitos de gasoil. Así, 6 ataques a vehículos y material industrial hasta que se produjo el más importante, el del lanzamiento del cóctel molotov en Astorga en la vivienda taller de Sindo Castro. Este hecho obligó a una Unidad de la UCO de Madrid de la Benemérita a hacerse cargo de la investigación.
Cuantía de los daños
El juez reconoce en su sentencia que tres de las compañías aseguradoras (Aegón, Allianz y Fiact) habían satisfecho 110.000 euros por los daños a bienes de Sindo Castro, pero niega al constructor denunciante el reconocimiento del lucro cesante, por cuanto este siguió con su actividad hormigonera gracias a las indemnizaciones y no al no haber acreditado este los perjuicios. Las dos primeras aseguradoras estaban también personadas en este proceso penal y pidieron 22 meses de multa para el constructor leonés por un delito de daños, mientras que Fiact Seguros solicitó dos años de prisión, al igual que la Fiscalía.
En este sentido, el magistrado rechaza el argumento de los letrados defensores de que habría sido el propio Castro el que habría ideado todos estos sabotajes. «Los daños se produjeron en un momento y en un lugar en que es notorio que hubo un auge de la demanda del hormigón motivado por las obras de la autovía del Noroeste, careciendo de sentido que uno mismo dañe aquello que le permite hacer negocio y ganar dinero». El afectado calculó su actividad en 1996 en unos 100 millones de pesetas.
El juzgador es claro al señalar que de los 29 tomos y 100 horas de grabaciones realizadas, algunas de ellas anuladas por no haber justificado suficientemente el instructor las intervenciones telefónicas, se desprende que «se trató de daños intencionados», pero concluye que al no existir testigos de los actos de sabotaje ni pruebas directas obtenidas en las escenas del delito debe de prevalecer la presunción de inocencia de los cinco acusados.
En la investigación figura una grabación de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil de un encuentro entre Martínez Núñez y Sindo Castro en julio de 1999 en el hotel Pradorey. El encuentro se produjo poco después del lanzamiento del cóctel molotov en Astorga, y en el mismo se pactaron los precios para repartirse el mercado del hormigón en la zona, «una práctica reprochable», dice el juez, que no ve «vocación de Martínez Núñez de anular o quitarse de en medio a Gumersindo Castro» para proceder a su condena.
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