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Edificios del antiguo Colegio de Huérfanos de Ferroviarios, que pasarán a formar parte del patrimonio municipal. :: VÍCTOR HERRERO
El Ayuntamiento se quedará con el Colegio de Huérfanos de Ferroviarios sin tener que pagar indemnizaciones
PALENCIA

El Ayuntamiento se quedará con el Colegio de Huérfanos de Ferroviarios sin tener que pagar indemnizaciones

El Tribunal Supremo reconoce el derecho del Consistorio a recuperar el terreno que cedió en 1945 con los edificios

JOSÉ MARÍA DÍAZ

Martes, 8 de febrero 2011, 01:22

Veinte años después de la primera sentencia sobre la propiedad de los terrenos del antiguo Colegio de Huérfanos de Ferroviarios, un nuevo fallo judicial dictado por el Tribunal Supremo pone fin a este litigio que durante estas dos décadas ha enfrentado al Ayuntamiento de Palencia con esta asociación destinada a defender los derechos de los hijos de los trabajadores del ferrocarril que han fallecido. Con el nuevo fallo del Alto Tribunal, se reconoce definitivamente el derecho del Consistorio a recuperar los terrenos que cedió en el Camino de la Miranda en el año 1945 a los Huérfanos de Ferroviarios, pero con las edificaciones existentes. El Supremo reconoce el 'derecho de accesión' del Ayuntamiento a los inmuebles, pero rechaza que tenga que pagar indemnizaciones por quedarse con ellos.

Este nuevo fallo parte de un recurso presentado por el Consistorio contra una sentencia de la Audiencia Provincial, dictada en junio de 2006, por la que también se reconocía el derecho del Consistorio a la propiedad de los edificios, pero que establecía el pago de una indemnización al Colegio de Huérfanos de Ferroviarios. Los inmuebles habían sido valorados anteriormente en 2,5 millones de euros.

Sin embargo, con el nuevo fallo, el Ayuntamiento puede hacerse con la parte del suelo que cedió originalmente, 50.0000 metros cuadrados, y con los edificios que hay construidos en esta parte, sin tener que compensar a la asociación.

El Tribunal Supremo ha tenido en cuenta para dictar su fallo los términos del contrato de cesión del suelo que se firmó en 1945, que establecían la donación del terreno para un fin concreto, con la cláusula de reversión si dejaba de cumplirse esa finalidad. El Supremo indica que debe aplicarse la doctrina de la gratuidad en la donación y en la reversión, por lo que rechaza el pago de la indemnización que se planteaba en la sentencia de la Audiencia Provincial.

La aplicación del nuevo fallo del Supremo conlleva la necesidad de proceder al deslinde de la finca, para separarla en dos partes, 50.000 metros cuadrados correspondientes al Ayuntamiento, en los que se levantan las edificaciones, y una segunda área de alrededor de 13.400 metros cuadrados, propiedad del Colegio de Huérfanos de Ferroviarios. También se establece la obligación de inscribir en los registros la finca que le corresponda al Consistorio.

El Consistorio cedió en 1945 los terrenos a los Huérfanos de Ferroviarios para hacer un colegio, que dejó de funcionar en 1983. La primera sentencia de reversión es de junio de 1990 y después se han sucedido varias. Aunque el litigio estuvo paralizado durante los años en que los edificios estuvieron cedidos a la Universidad de Valladolid para albergar las escuelas de Educación y de Relaciones Laborales, que cerraron en 2002.

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